Este lunes 25 de septiembre, los empleados de comercio de todo el país celebran su día

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) cambió en 2023 la fecha por el Día del Empleado de Comercio para más de 1,2 millones de personas alcanzadas por la Convención Colectiva de Trabajo 130/75. Es que originalmente se festeja cada 26 de septiembre, pero se decidió que este año fuera hoy lunes 25 y crear así un fin de semana largo para los trabajadores de este sector.

Por qué se celebra el Día del Empleado de Comercio

Anclado originalmente el 26 de septiembre de cada año, el Día del Empleado de Comercio se estableció desde 2009 para que los empleados del sector pudieran gozar de un día de descanso, según lo dispuesto por la Ley N° 26.541, ratificada por la disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo 759/2021.

Se celebra en recuerdo de la fecha en la cual se sancionó la Ley N° 11.729, que legisla las relaciones de trabajo, en 1934.

Se los considera empleados de comercio, según el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), al personal de maestranza y servicios; los administrativos; personal auxiliar que realice tareas de reparación, ejecución, o service de toda índole; auxiliares especializados con conocimientos o habilidades especiales en técnicas o artes; y personal de ventas.

 

Tal vez le interese leer: Refuerzan al sector gastronómico de Misiones a través de la formación profesional en Cocina Regional orientada al Turismo

 

De acuerdo a lo establecido, los trabajadores de comercio podrán gozar este 25 de septiembre de 2023 del día feriado. Por lo tanto, los empleados tienen el derecho a no trabajar ese día lo que provoca que algunos locales no abran sus puertas.

En caso de abrir, los comercios deben estar atendidos por sus dueños. O pagar tal como ocurre con cualquier otro feriado nacional en el año: pago doble.

La Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 determina en el artículo 181 que en los días feriados los empleados no están obligados a trabajar. Si lo hacen, el empleador debe pagarles el doble. Es decir, el trabajador gana un 100% más en comparación a un día normal.

“En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”, dice la normativa vigente.

Para el cálculo, el salario del trabajador mensualizado deberá dividirse por 30, restando un día que corresponde al feriado. A su vez, se deberá dividir el sueldo por 25. Finalmente, a los 29 días del sueldo antes mencionado se le deberá agregar el día calculado con el criterio de las vacaciones -con lo cual percibirá una pequeña diferencia a su favor-. Así deben calcular los empleados de comercio su día de pago en caso de trabajar hoy lunes.

 

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas