La marcha del 8M en Misiones pedirá que se tomen las denuncias, no las exposiciones

Para esclarecer esta diferencia, el abogado penal de la Instrucción N°3 de Puerto Iguazú, Martín Brítez, habló con Radio República y explicó:“La diferencia radica en que, una exposición es una cuestión administrativa que sirve para documentar ciertas situaciones que no necesariamente motorizan la intervención de la justicia como sí lo hace la denuncia penal”.


Martín Brítez en Radio República

En cuanto a la diferencia entre exposición y denuncia agregó: “La exposición es un documento netamente administrativo de la Policía de la Provincia utilizado para dejar documentadas ciertas situaciones que no necesariamente llegan a constituir delitos y también se utilizan previo a la realización de una denuncia penal que ya tiene una trascendencia jurídica en el ámbito del derecho penal”.

Para los casos de acosos y agresiones  donde media una denuncia por violencia de género aconsejó: “La mayoría de los casos de violencia ya sean amenazas o agresiones, generalmente son delitos de acción pública que obliga al funcionario policial a darle el tranque judicial al caso y a notificar del hecho al juez competente en la materia”.

Y agregó: “En los casos de violencia leve, la persona que sufrió la agresión tiene el derecho de reservarse el derecho a denunciar penalmente el delito. Cuando se trata de casos más complejos la justicia a través de la Policía en su rol de auxiliar de la Justicia, toma intervención por el solo hecho de tomar conocimientos del delito”.

También opinó sobre las medidas para efectivizar las restricciones de contacto: “La violencia de género es una problemática de la sociedad que viene afectando en los ámbitos políticos, sociales y judiciales hace mucho tiempo atrás. Es difícil responder a un interrogante que permita acabar con esta cuestión. Hoy en día no hay una alternativa viable”.

 

AVD

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