Concepción de la Sierra: el Concejo declaró la emergencia económica y facultó al intendente a revisar o rescindir contrataciones

El intendente de Concepción de la Sierra, Hugo Humeniuk, de Juntos por el Cambio, fue facultado por el Concejo Deliberante para renegociar contratos y deudas y reestructurar funciones.

El Concejo Deliberante de Concepción de la Sierra aprobó por mayoría una iniciativa que declara la emergencia económica, financiera, operativa y administrativa del municipio. Esta medida fue impulsada por parte del intendente Hugo Humeniuk, perteneciente al partido Juntos por el Cambio.

Una de las disposiciones más impactantes de esta ordenanza es la autorización para suspender, modificar o rescindir todos los contratos, convenios y acuerdos en vigor hasta la fecha. El intendente, con esta potestad otorgada por el Concejo, tiene la facultad de revisar y ajustar las condiciones de estos acuerdos, adaptándolos a “las reales posibilidades económicas y financieras del municipio”.

El alcance de la emergencia va más allá de los contratos, ya que la ordenanza otorga al intendente la capacidad de compensar y/o renegociar todas las deudas pendientes con acreedores particulares. Este proceso incluye la propuesta de nuevas fechas de vencimientos y modalidades de pago. Para garantizar la transparencia en este proceso, se establece un Procedimiento de Verificación de Deudas, aplicable a cualquier entidad o persona que busque ser acreedora de la Municipalidad.

El enfoque principal de esta medida se centra en la «protección de los recursos financieros». De manera enfática, se especifica que los fondos, valores y medios de financiamiento destinados a la ejecución presupuestaria del sector público son inembargables.

Adicionalmente, la ordenanza confiere al Ejecutivo la autoridad para llevar a cabo reestructuraciones funcionales del personal municipal. Esto incluye traslados, cambios de dependencias o tareas, modificaciones de horarios y cualquier medida que se considere necesaria para una prestación más eficiente de los servicios públicos y el cumplimiento de funciones esenciales. Se destaca que el Ejecutivo puede alterar el orden de prioridades del gasto establecido en la ordenanza cuando las necesidades de los servicios lo requieran.

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