Reformas en divorcios y sucesiones: abogado misionero analizó las ventajas aunque también alertó sobre riesgos como la exclusión de herederos

El abogado misionero Martín Ayala analizó las profundas implicaciones de la Ley Ómnibus impulsada por Milei que plantea reformas en divorcios y sucesiones. El letrado destacó tanto las ventajas de la simplificación de trámites como los riesgos inherentes en casos de asimetría de poder en la pareja y exclusión de herederos.

Martín Ayala- República

En el marco de las recientes reformas propuestas sobre divorcio y sucesiones en Argentina, de la mano de la denominada Ley Ómnibus presentada por el presidente Milei, el abogado misionero Martín Ayala, aportó una perspectiva crítica y detallada sobre qué implican estos cambios tanto para la sociedad como para la ejecución de su profesión.

«El proyecto de ley prevé la modificación del Código Civil, admitiendo una especie de trámite extrajudicial para el divorcio”, explicó el ex presidente del Colegio de Abogados de Misiones. Esto quiere decir, según sus palabras, que el presidente y sus asesores pretenden que el trámite de divorcio se equipare al del matrimonio; por lo que los implicados, en acuerdo mutuo deberían acercarse al registro civil manifestando su interés por el desvínculo, “sin necesidad de un trámite judicial”, detalló.

El letrado consideró que desde su punto de vista, los beneficiados con esta modificación serían aquellas personas que alcanzaron un acuerdo mutuo respecto a los variados aspectos que incluye una separación. “Quién va a quedar con el domicilio conyugal, cómo se van a distribuir los bienes, cómo van a soportar los costos de los niños si son menores de edad, quién va a tener los cuidados, etc.”, aseguró.

De este modo, los registros deberían habilitar un “Acta de Divorcio” que permitiría identificar la identidad y asegurar que la decisión es voluntaria por parte de ambas partes. Así, se podrían presentar ante la autoridad del Poder Ejecutivo que realizó el casamiento a solicitar el divorcio.

Inclusive Ayala reveló que cuando se aprobó el Código Civil que rige desde 2015, ya se había considerado la posibilidad del Divorcio Express. “Era una especie de divorcio judicial rápido y esto ha funcionado efectivamente, pero sigue siendo un trámite judicial. Acá lo que se pretende es un trámite extrajudicial”, precisó.

Sin embargo, consultado acerca de las preocupaciones o riesgos en caso de relaciones de pareja asimétricas. «Si existiera una imposición de uno de los contrayentes sobre el otro para torcer su voluntad o imponerle obligaciones que quizás voluntariamente no aceptaría, esto podría ocurrir, pero también en el trámite judicial donde interviene un profesional se corre ese riesgo».

Por ello, argumentó que lo más importante es confirmar la decisión voluntaria. “Si uno de los contrayentes está de acuerdo, manifiesta su voluntad, acepta la distribución de bienes que hayan negociado y lo hace por una imposición del otro, tratar de empoderar a esa persona para que no lo acepte, sea en un trámite judicial, como es hoy, sea en un trámite administrativo, como propone el presidente”, aseveró.

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Por otro lado, en relación con las sucesiones, otra cuestión incluida en el proyecto de ley enviado por Milei al Congreso, Ayala indicó que la normativa propuesta busca simplificar el proceso para casos donde todos los herederos son mayores de edad y capaces. «Podrán hacer el trámite de división de bienes extrajudicialmente, sin necesidad de un proceso judicial, esto es, a través de un escribano público. Lo que negocien respecto a la división de bienes el escribano lo plasma y se inscribe en registros respectos y se transfieren los bienes sin necesidad de un proceso judicial», explicó.

No obstante, advirtió sobre el riesgo de exclusión de determinados herederos en trámites privados debido a que el beneficio del expediente judicial es que tiene un carácter de difusión y notificación pública. «Lo complejo es poder asegurarnos de que le dimos la posibilidad a todos los herederos de participar», resaltó Ayala, resaltando la necesidad de un equilibrio entre la simplificación del proceso y la protección de los derechos de todos los involucrados.

De allí que el abogado expresó sus dudas acerca de la efectividad de este tipo de modalidad nueva para el trámite de sucesiones porque se eliminaría la posibilidad de que se tome registro de la disposición de los bienes del fallecido. Cabe recalcar que actualmente hay plazos establecidos por el juez para que los herederos se presenten y tomen conocimiento de la sucesión.

Sobre el DNU de Milei: “No conozco ninguna empresa que tuvo que cerrar por un juicio laboral”

En tanto, acerca del DNU de Milei, Ayala dijo que se trata de un decreto “con ropaje de ley” y confesó preocupación particularmente en torno a la reforma laboral asegurando que durante 25 años de trabajo no conoció empresas que hayan quebrado por un juicio laboral.

“Es muy pernicioso, es muy malo haber eliminado las multas por el incumplimiento de los registros del empleo. El empleo no registrado es realmente un problema en la República Argentina, y premiar al empleador que no registra a sus empleados, liberándolo de las multas que tenían por incumplir la ley, es muy malo, porque no hay ningún incentivo a que se pueda regularizar un empleo”.

En la misma línea, criticó las modificaciones en tarjetas de crédito. “Va dejar muy desprotegidos a los usuarios de tarjetas de crédito; hoy existe, hasta antes del DNU, un complejo sistema de control a cargo del Banco Central de la República Argentina, que se desmantela. Cualquier empresario podría emitir su propia tarjeta de crédito, y cualquier emisor de tarjeta de crédito puede fijar las condiciones, los aranceles, las tasas de interés, las multas que cobra, con total libertad, esto me parece que es una grave desprotección al consumidor”, lamentó.

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