¿Por qué está presa María Ovando?

Con base en los resultados de pericias médicas y los testimonios de las víctimas, la justicia misionera determinó que Ovando fue partícipe primaria y promotora de reiteradas violaciones a su hija y a su nieta que fueron perpetradas por su marido y su yerno. El caso volvió a ser noticia a partir de un recurso presentado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.  

La causa en la que María Ovando fue condenada a 20 años de prisión volvió al centro del debate a partir de una presentación realizada por el ministerio de Justicia y DDHH de la Nación que considera que el tribunal que la condenó, no logró reunir pruebas suficientes y tuvo una mirada sesgada y sin perspectiva de género.

La condena que determinó el Tribunal Penal 1 de Eldorado se apoyó principalmente en dos elementos probatorios: las pericias médicas que demostraron que las menores (que tenían entre 5 y 9 años) fueron violadas reiteradamente y los testimonios de las propias víctimas, tomados en cámara gesell, que determinaron el grado de participación de cada uno de los acusados.

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Desde la justicia misionera se impuso el criterio de darle una alta valoración al testimonio de las niñas abusadas a partir de los cuales determinaron quiénes fueron los autores materiales de los abusos, pero también que Ovando, madre de una de las niñas y abuela de la otra, oficiaba de “entregadora”, cobraba a los violadores una suma de dinero por cada abuso y castigaba a las niñas si intentaban hablar de las vejaciones que sufrían.

Aquí el criterio del Tribunal difiere con el que manejan el ministerio de DDHH de la Nación e integrantes de colectivos feministas que entienden que Ovando no debería ser considerada culpable sino una víctima de un cuadro de violencia familiar ejercida por su marido, Marcos Laurindo, y su yerno, Lucas Ferreira.

El Tribunal entendió en cambio que Ovando, lejos de ser víctima, era participe primaria del abuso y de promover la corrupción de menores y que además le correspondía una calificación especial por el vínculo y la convivencia preexistente con las víctimas. Por eso dictaminó una pena de 20 años, todavía más alta que las impuestas a los violadores.

Para llegar a esa conclusión, se apoyaron en los testimonios de las víctimas que ubicaron a la acusada no como víctima, sino como partícipe e instigadora de la violencia que sufrieron las menores. 

A Laurindo le impusieron una pena de 18 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual gravemente ultrajante, ambos calificados por el aprovechamiento de la convivencia preexistente y promoción de la corrupción de menores y a Lucas Ferreyra, una pena de 12 años,  por los mismos delitos pero sin la calificación que le correspondió a Laurindo.

 

 

María Ovando 

 

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