Eldorado | Por disturbios, se suspendió la Asamblea General Ordinaria de la CEEL

Lo que debía ser una Asamblea General Ordinaria “normal” de la Cooperativa de Electricidad de Eldorado no pudo ser y se suspendió por disturbios entre las distintas listas. La Policía de Misiones controló el disturbio que ocurrió dentro del salón Ex Cae  y no pasó a mayores. 


Previo a dar inicio a la sesión, se armó un tumulto que desembocó en empujones entre las listas. “Arrojaron sillas por el piso con intenciones de realizar más desorden; pero no pasó a mayores”, informaron. 

 

Para hoy estaba previsto que se elegirán 3 consejeros titulares, 3 consejeros suplentes, 1 síndico titular y 1 síndico suplente. 

 

En la Asamblea General Ordinaria de la CEEL se iban a  tratarán los siguientes temas:

 

Orden del Día:

 

1º) Designación de una Comisión de Credenciales y Escrutinio, compuesta por 3 (tres) delegados.

 

2º) Designación de 2 (dos) delegados asambleístas para firmar el acta, juntamente con el presidente y el secretario.

 

3º) Consideración de la memoria, el balance general, cuadro de resultados, informe del Síndico y dictamen de auditoría, correspondientes al 69º Ejercicio Social cerrado el 30 de septiembre de 2020.

 

4º) Tratamiento del quebranto del ejercicio.

 

5º) Retribución y reintegro de gastos a consejeros Titulares y Suplentes, según artículo 75 del Estatuto y artículo 67 de la Ley 20.337.

 

6°) Fijación de la remuneración y reintegro de gastos del Síndico Titular y Síndico Suplente.

7º) Elección de tres (3) consejeros titulares por el término de tres (3) años, por vencimiento de los mandatos de los Señores Bonifacio ROMERO, Hécto Fernando ACOSTA y Pedro DOMINGUEZ. Elección de tres (3) consejeros suplentes por el término de un (1) año en reemplazo de los Señores Tomás RODRIGUEZ GONZALEZ, Miguel Angel MOLINA y Nicolás O. A. ROMERO BENITEZ. Elección de un Síndico Titular y un Síndico Suplente por el término de un año, por vencimiento de mandato del Sr. Raúl GALEANO y el Sr. Ramón CHAVEZ SOLEY.

Art. 41 del Estatuto Social: “Las asambleas se realizarán válidamente, sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los delegados”.

 

Art. 42 del Estatuto Social: “Cada delegado deberá exhibir la credencial expedida por el Consejo de Administración que le servirá de entrada a la Asamblea”.

 

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas