Mediante un comunicado de prensa, el Colegio de Nutricionistas de Misiones emitió su postura respecto al caso de la posadeña Noelia Mareco, quien sufrió una hemorragia cerebral tras consumir suplementos dietarios recomendados por una persona que no posee formación profesional en la materia.
El comunicado expresa:
El campo de la nutrición es especialmente sensible al engaño y a la manipulación de individuos, teniendo en cuenta las crecientes problemáticas de salud, el ideal de un cuerpo esbelto, como la aspiración de lograr el máximo rendimiento deportivo se ha convertido en un negocio jugoso para quienes no les interesa la salud de las personas y sólo visualizan de estas situaciones una oportunidad para engañar y lucrar, donde la oferta de suplementos dietarios (en diferentes formas de presentación: polvos, cápsulas y comprimidos), dietas de moda y/o planes de ejercicio físico extremo, indicación de medicamentos, quemadores de grasa, entre otras, con el fin de prometer un descenso de peso exitoso, el primer puesto de la competencia, soluciones mágicas en pocos días, tornan éstas situaciones como prácticas cotidianas de moneda corriente sin un seguimiento responsable por los profesionales competentes y habilitados al efecto.
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En vista de la compleja y difícil situación de público conocimiento vivida esta semana por una joven deportista sobre diversas prácticas habituales que se llevan a cabo en el llamado “Mundo Fitness”, desde el colegio de Nutricionistas de la Provincia de Misiones recordamos que existen actividades profesionales reservadas exclusivamente para los nutricionistas: “Diseñar, prescribir y evaluar planes alimentarios en individuos y poblaciones, planificar menues según patologías o estados biológicos, realizar seguimiento y control de dieta para deportistas, etc. con el fin de promover la salud y prevenir riesgo de contraer enfermedades.” quienes las ejerzan sin serlo ponen en peligro la salud e integridad física, moral y económica de la sociedad. Que el art.247 del CÓDIGO PENAL sanciona con prisión y multas a quienes ejerzan actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial sin poseer el título habilitante. Que la ciudad de Posadas cuenta con la ORDENANZA IV – Nº 11 (Antes Ordenanza 50/97) cuyo objetivo es “dar los lineamientos básicos acorde a un concepto integral de salud, de manera que estas prácticas se realicen en forma sistemática en un ámbito de responsabilidad, bajo el seguimiento de un profesional capacitado para tal fin”, que en su artículo 10 menciona: “Prohíbase dentro de estos locales la venta de productos nutricionales y/o medicamentos”.
Hablar de nutrición NO ES UNA OPINIÓN sino una CIENCIA, consulte una Nutricionista Matriculado.
DL / Cp