Proyecto sobre una ley de privilegio en respeto a la niñez, mujeres embarazadas, discapacitados y mayores de 65 años

El autor de la iniciativa es el diputado Reymundo Javier Pelinski, quien
explicó que en todos los lugares destinados a la atención al público que dependan del Estado provincial será obligatorio otorgar prioridad y preferente atención a las mujeres embarazadas, madres con niños en período de lactancia, personas con capacidades diferentes y adultos mayores de 65 años que realicen trámites en forma personal en reparticiones públicas o privadas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, organismos de la Constitución, entidades centralizadas y descentralizadas, autárquicos, empresas y sociedades del Estado, y empresas privadas. Como también será obligatorio otorgar a las personas antes mencionadas,cualquier asiento del transporte de pasajeros. Se podría sancionar una Ley de privilegio en respeto a la niñez, personas con capacidades diferentes, mujeres embarazadas y la ancianidad.Si bien hay otras normas que contemplan esta cuestión, la finalidad de esta ley es ampliar las ya existentes y darle cumplimiento efectivo, además de prever sanciones para los infractores. El incumplimiento de las disposiciones establecidas, originará una contravención, la que deberá ser denunciada por el afectado, en un término perentorio de 10 días hábiles por ante el Juzgado de Paz de la localidad en donde se haya cometido la contravención. El Juez recibirá la denuncia y previo traslado por dos días a la supuesta incumplidora, resolverá sobre la denuncia imponiendo como sanción según la gravedad de la infracción cometida, una multa que se extenderá desde los veinte (20) a los cien (100) pesos, o el cumplimiento de tareas comunitarias en organismos públicos. IIndependientemente de la sanción que se aplique, se anotará la falta cometida en el legajo del empleado público si resultara reincidente por tercera vez. Asimismo si el infractor fuera un empleado privado y resultara reincidente por tercera vez, se anotará dicha falta en el Registro de Infractores que se creará al efecto, aclaró Pelinski.En tanto que los fondos que se recauden por la ejecución de las multas deberán ser depositados en una cuenta especial que al efecto se abrirá a nombre del Ministerio de Bienestar Social, de la Mujer y de la Juventud quien los destinará para cubrir necesidades de niños, mujeres embarazadas, personas con capacidades diferentes y ancianos.Javier Pelinski consideró que su proyecto tiene la finalidad de impulsar actitudes y ejercitar habilidades que conjuguen el buen trato, el afecto y calor humano que deben brindárseles a todos aquellos personas que se encuentran en situaciones especiales, temporales o permanente, y que deben recibir una atención prioritaria en nuestra sociedad. Brindar prioridad en la atención a todas estas personas y cederles el asiento es un signo evidente de solidaridad y respeto a quien está gestando una vida, al lactante, al discapacitado y a los abuelos.Además quienes cumplen la función de atender al público deben estar obligados socialmente a demostrar su solidaridad con verdadera vocación en su trabajo y en su educación cívica.Para el legislador la preferencia en el trato provoca la igualación deseada por el artículo 16 de la Constitución Nacional y Constitución Provincial. Por otra parte destaca el valor de incluir esta temática como materia en la curricula educativa, ya que su importancia radica en la formación que deseamos para el futuro de nuestros niños, acompañando la educación que cada uno recibe en sus hogares, para lograr una sociedad plenamente civilizada y conciente de las prioridades que deben ser respetadas dentro de ella.

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