La Ley Ómnibus de Milei establece que cualquier reunión o manifestación de más de tres personas deberá notificarse al Ministerio de Seguridad

En el capitulo referido a seguridad interior, el proyecto enviado por el presidente establece penas de hasta seis años de prisión a quienes corten calles. Entre otros puntos establece que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el ministerio de Seguridad” y que por “reunión” o “manifestación” se entiende a “la congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”.

El paquete de reformas que presentó el presidente Javier Milei incluye también modificaciones al código penal, entre las que se incluye una severa limitación al derecho de reunión y manifestación.

Establece penas de prisión de hasta tres años y medio a quienes impidieren o entorpecieren el normal funcionamiento de los servicios de transporte, provisión de agua o electricidad, pena que se puede extender hasta los cuatro años en caso de que se porte un arma.

La pena mayor, de hasta seis años de cárcel, está prevista para quienes mediante intimidación o bajo promesa de remuneración o de quita de algún beneficio, obligue a otro a asistir a una protesta.

El proyecto determina que los organizadores de reuniones o manifestaciones serán solidariamente responsables por los daños que los manifestantes provocaren a terceros o a bienes públicos o privados.

En el artículo 331, el proyecto define como reunión a “la congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público” y que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el ministerio de Seguridad”.

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