La directora nacional de Acceso a la Justicia, Gabriela Carpinetti, irrumpió en el Superior Tribunal de Justicia de Misiones exigiendo ser atendida por la presidente de ese cuerpo, Rosana Pía Venchiarutti, para “hablar” del caso María Ovando, a quien la justicia misionera condenó por ser partícipe primaria y promotora de la violación de su hija y nieta, en una causa cuya apelación está en trámite.
Una situación en extremo tensa y calificada de “por lo menos irrespetuosa” con uno de los poderes del Estado de Misiones se vivió hoy en el Superior Tribunal de Justicia, cuando la Directora Nacional de acceso a la Justicia Gabriela Carpinetti, del Ministerio de Justicia de la Nación, irrumpió sin audiencia y exigió ser atendida de forma inmediata por la presidenta del máximo tribunal misionero, Rosana Pía Venchiarutti.
Aunque la funcionaria misionera no se encontraba en su despacho, ya que participaba de una reunión agendada fuera del organismo, Carpinetti acompañada de una decena de personas llegadas de Buenos Aires exigía a la secretaria privada de la magistrada ser atendida aún sin audiencia previa.
Tras las explicaciones de la empleada administrativa acerca de la imposibilidad de atenderla, porque no estaba presente y además porque se trata de una causa en trámite en el STJ, Carpinetti interpeló a viva voz y de mal modo por no atenderla y además se ocupó de enumerar sus logros académicos, que –de acuerdo al razonamiento de la funcionaria nacional- justificarían su irrupción. Todo frente a la atónita mirada de los empleados que realizaban su tarea en pleno feriado nacional decretado por Alberto Fernández.
Carpinetti y los abogados defensores vienen solicitando desde hace ya un tiempo distintas medidas tendientes a morigerar la detención de María Ovando. La funcionaria nacional presentó la semana pasada, ante el Tribunal Penal de Eldorado que juzgó en primera instancia a la detenida, un nuevo recurso para que se le conceda el arresto domiciliario en atención a su estado de salud.
En agosto la funcionaria nacional había encabezado el ofrecimiento al STJ de Misiones de un amicus curiae, para que a Ovando pueda continuar en su casa de Eldorado el tiempo necesario para definir sus recursos presentados en tiempo y forma.
¿Por qué está presa María Ovando?
Con base en los resultados de pericias médicas y los testimonios de las víctimas, la justicia misionera determinó que Ovando fue partícipe primaria y promotora de reiteradas violaciones a su hija y a su nieta que fueron perpetradas por su marido y su yerno.
La causa volvió al debate público a partir de distintas presentaciones de sus abogados defensores y funcionarios nacionales de los ministerios de Justicia y DDHH de la Nación que consideran que el tribunal que condenó a Ovando, no logró reunir pruebas suficientes y tuvo una mirada sesgada y sin perspectiva de género.
La condena que determinó el Tribunal Penal 1 de Eldorado se apoyó principalmente en dos elementos probatorios: las pericias médicas que demostraron que las menores (que tenían entre 5 y 9 años) fueron violadas reiteradamente y los testimonios de las propias víctimas, tomados en cámara gesell, que determinaron el grado de participación de cada uno de los acusados.
Desde la justicia misionera se impuso el criterio de darle una alta valoración al testimonio de las niñas abusadas a partir de los cuales determinaron quiénes fueron los autores materiales de los abusos, pero también que Ovando, madre de una de las niñas y abuela de la otra, oficiaba de “entregadora”, cobraba a los violadores una suma de dinero por cada abuso y castigaba a las niñas si intentaban hablar de las vejaciones que sufrían.
Aquí el criterio del Tribunal difiere con el que manejan el ministerio de DDHH de la Nación e integrantes de colectivos feministas que entienden que Ovando no debería ser considerada culpable sino una víctima de un cuadro de violencia familiar ejercida por su marido, Marcos Laurindo, y su yerno, Lucas Ferreira.
El Tribunal entendió en cambio que, Ovando, lejos de ser víctima, era participe primaria del abuso y de promover la corrupción de menores y que además le correspondía una calificación especial por el vínculo y la convivencia preexistente con las víctimas. Por eso dictaminó una pena de 20 años, todavía más alta que las impuestas a los violadores.
Para llegar a esa conclusión, se apoyaron en los testimonios de las víctimas que ubicaron a la acusada no como víctima, sino como partícipe e instigadora de la violencia que sufrieron las menores.
A Laurindo le impusieron una pena de 18 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual gravemente ultrajante, ambos calificados por el aprovechamiento de la convivencia preexistente y promoción de la corrupción de menores y a Lucas Ferreyra, una pena de 12 años, por los mismos delitos, pero sin la calificación que le correspondió a Laurindo.
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— misionesonline.net (@misionesonline) November 17, 2022