Qué bienes entran al blanqueo y cómo se deberán declarar

Eduardo Reyleyes, contador público se refirió al tema del blanqueo de capitales y explicó cómo será el régimen de exteriorización de activos no declarados por parte de contribuyentes argentinos. Ante todo, se deja en claro la fecha límite: los que decidan sumarse lo podrán hacer hasta el 31 de marzo de 2017.

En ese sentido consideró que “la cuestión que uno debería resolver personalmente o con sus asesores es pensar qué voy a hacer con ese dinero si entro al sistema del sinceramiento, si lo voy a dejar en el mismo lugar donde está, no sé cuál será el sentido de sincerar”.

Agregó que “lo del blanqueo tiene un efecto que es anti-económico porque esta fuera del circuito legal, eso hace que yo por ejemplo gire mi dinero a una cuenta en España y que son cuentas que no tienen rendimiento, incluso la saco del país, entonces si yo voy dejar el dinero en una caja de seguridad o enterrada, no sé si tiene sentido blanquear, la cuestión es que con ese dinero tengo que buscar hacer que tenga rendimiento”, sostuvo.

En ese contexto precisó que el tema del blanqueo tiene algunas cosas escondidas: “para ingresar al blanqueo el primer requisito es ser residente en la Argentina, el segundo es que vas a sincerar. La ley nombra tenencia de dinero, inmuebles y demás bienes. El dinero lo separamos en dos puntos: dinero en efectivo o dinero en una cuenta bancaria. Lo que se hace es una declaración con el detalle de los bienes. Esto lo pueden declarar personas físicas o empresas. La declaración es la Afip, excepto una cosa que la ley exige algo adicional, que el dinero en efectivo adicional a la declaración se debe depositar y en principio queda inmovilizado por seis meses o hasta la terminación del blanqueo”, indicó.

En ese línea agregó que “hay un artículo que luego establece las tasas que se van a pagar, inmuebles paga en 5 por ciento, cualquiera sea el monto del blanqueo. Después hay una destinación que es mas social, una tasa del 0 por ciento debajo de los 305 mil pesos, hasta 800 mil pesos se paga 5 por ciento y lo que superan los 800 mil pesos pagan el 10 por ciento”.

Reyes sostuvo que “eso es básicamente el blanqueo, después hay casos particulares que cada uno debe consultar con su asesor y decidir qué hacer, es un tema un poco íntimo”, consideró.

Agregó que “una cuestión más adicional es que el blanqueo también puede dar beneficio a cierta gente que tuvo algo con anterioridad y ahora no lo tiene más y ese dinero estaba en negro, entonces esa persona puede presentar una confirmación de datos y se produce un bloqueo fiscal, eso no lo puede mirar más, el blanqueo en todos los sentido produce un blanqueo fiscal, la Afip no puede ir más hacia atrás.

Por ultimo puntualizó que “es importante no olvidarse el tema de las fechas, hoy no está previsto el alargamiento de los plazos”.

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas