Tragedia de Austral: Casación Federal instó a que se imprima celeridad al caso y que se fije audiencia a la brevedad

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa (presidenta), Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, luego de declarar inadmisible un recurso contra el pedido formulado por uno de los imputados para que se extinga la acción penal por vulneración de la garantía de ser juzgado en un plazo razonable y conforme lo establecen los principios generales que informan el ordenamiento procesal en orden a una mejor y más pronta administración de justicia, encomendó al tribunal de juicio para que imprima a las actuaciones la celeridad que el caso impone y que se fije audiencia de debate oral y público a la mayor brevedad posible.
Los jueces encomendaron al tribunal de juicio, que tenía previsto llevar adelante el proceso en 2017, a 20 años del accidente, «que imprima a las actuaciones la celeridad que el caso impone».

 

En el expediente se investigan las responsabilidades de varios imputados en relación con la caída de un avión de la empresa Austral Líneas Aéreas que se dirigía desde Posadas, Provincia de Misiones hacia el Aeroparque porteño que dejó como saldo la muerte de 74 personas: 69 pasajeros y 5 tripulantes.

 

L a tragedia ocurrió el 10 de octubre de 1997 , cuando el vuelo AU2553 de la línea aérea Austral, que cubría el ruta Posadas-Buenos Aires, cayó en las cercanías de la ciudad uruguaya de Fray Bentos.

El avión, un Douglas DC9-31 matrícula LV-WEG, se estrelló y ocasionó la muerte de 74 de personas, entre tripulantes y pasajeros.

Los acusados son Manuel Morán, Mario Víctor Sruber, Gabriel Mario Pérez Junqueira, Walter Hayas, Mario Daniel Cardoni, Fernando José Francisco Mayorga, Francisco Javier Monzón, Ángel Rafael Sanchis Herrero, Javier Losa de la Cruz, Jorge Belarmino Fernández, Ricardo Embón, Juan Manuel Baigorria, Carlos Horacio González y Justo Demetrio Díaz.

También figuran como coautores Danilo Rodolfo Wenk, Hugo Alberto Adib, Carlos Carmenini, Norberto Sotelo Ossa y Eduardo Sánchez Ara.

Se imputó como partícipe necesario a Guillermo Destefanis, José Eduardo Garrido, Juan Fortuny, Enrique Ventura de Anchorena, Pablo Alfredo Chini y Norberto Hugo Nieves, y como «partícipe secundario» a Andrés Alberto Arribillaga.

El avión tuvo que desviar su recorrido hacia Fray Bentos para eludir una tormenta, y fue entonces cuando -según la desgrabación de la caja negra- el indicador de velocidad comenzó a bajar a un valor que resultaba peligroso a esa altura.

Fue por eso que los pilotos aumentaron la potencia de los motores sin poder elevar el nivel buscado y trataron de conectarse con la torre de control en Ezeiza para que le autorizara el descenso.

Sin respuestas, el piloto desplegó los slats (elementos ubicados en las alas) para no perder sustentación, pero al hacerlo uno de ellos se desprendió casi instantáneamente, lo que desequilibró la nave y terminó haciéndola caer en picada.

 

Los pilotos pudieron haber resuelto la situación con sólo encender los calefactores de los tubos pitot, si hubieran advertido que no perdían velocidad sino que leían una medición falsa. Pero el avión, contra lo que requerían las normas, no tenía instalada en el panel de alarmas una luz ambarina que fácil y claramente les hubiera señalado a los pilotos la situación de congelamiento del tubo pitot.

El avión cayó perpendicularmente a una velocidad de 1200 km/h y dejó un cráter de 70 metros de largo y 10 de profundidad, sin rastros de ninguno de los 74 ocupantes.

«Los elementos de prueba reunidos son suficientes para fundar la elevación a juicio del presente proceso respecto de las personas mencionadas, en tanto que se ha acreditado respecto de cada una de ellas su responsabilidad en el suceso trágico investigado, al menos con el grado de probabilidad requerida para la culminación de esta etapa de recolección probatoria», se sostiene en la elevación a juicio.

 

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