Derecho a la Identidad: tres hermanitos indocumentados y alojados en un hogar de niños fueron inscriptos y ahora tienen DNI

Se hizo a través del Programa “Derecho a la Identidad”, que lleva a cabo la vicegobernación de Misiones a través de la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en articulación con el Registro Provincial de las Personas.

“El Derecho a la Identidad, es un Derecho Humano fundamental y es a través de la inscripción en los respectivos registros que se llega al ejercicio y acceso formal de todos los demás, visibilizando a un sujeto de derecho, que hasta ese momento es “invisible” para el Estado en su conjunto”, expresó en su resolución la Defensoría de los Derechos de NNyA.

En el marco del programa “Derecho a la Identidad” que impulsa la Defensoría de los Derechos de NNyA de la vicegobernación de Misiones en conjunto con el Registro Provincial de las Personas,  niños de 8, 10 y 12 años, que se encuentran bajo medidas de protección en un hogar convivencial del interior de la provincia, fueron inscriptos el viernes en el Registro de las Personas.

Cabe destacar que los niños se encuentran institucionalizados desde hace un año y no poseían sus respectivos documentos de identidad, ni siquiera tenían referencia de poseer uno.

La investigación se inició luego que el defensor de Fuero Universal de Apóstoles dispuso el alojamiento de los hermanos en el hogar. En este sentido la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes los visitó y en el marco del Programa de Derecho a la Identidad, se detectó la situación de los niños. Tras el  pedido de la encargada del hogar se inició primero, la búsqueda de la madre para obtener información respecto de si los niños estaban o no inscriptos, situación que no se pudo concretar porque no fue encontrada. También se requirió a la escuela a la que asistían y a instituciones locales de origen, si tenían información al respecto, pero no aportaron datos sobre los DNI de los chicos.

Una vez agotada la búsqueda de la información, mediante resolución administrativa el Defensor de los Derechos de NNyA, Miguel Molina dispuso solicitar al Registro Provincial de las Personas que se inscriba a los niños, para poder así visibilizarlos, obteniendo su primer DNI y una identidad formalmente.

Además el informe social manifestaba que “los niños preguntaban por su cumpleaños, ya que en este tiempo que permanecen en la institución han participado tanto en el Hogar como en la Escuela de cumpleaños de sus compañeritos. Esta situación de desconocimiento de su “cumpleaños” (nacimiento) les genera mucha angustia y tristeza”.

Finalmente, teniendo en cuenta el marco normativo, se remarcó  desde la Defensoría de los Derechos de NNyA, que es una de sus funciones velar por el efectivo respeto de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizando la restitución de aquellos que hayan sido vulnerados, máxime si se encuentran bajo medidas de protección. Que el artículo 7 de la Convención de los Derechos del Niño, incorporada al plexo normativo de la Constitución Nacional mediante el artículo 75 inciso 22; establece el deber de inscribir al niño inmediatamente después de su nacimiento; y a su vez el artículo 8 determina el compromiso de los Estados parte a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, y que cuando el niño sea privado de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados parte deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.

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