El 25 de marzo, solemnidad de la Anunciación del Señor, en varios países del mundo es también el Día del Niño por Nacer. En la Argentina se dispuso por decreto (1406/98) «en virtud de que el nacimiento más celebrado en el mundo por cristianos y no cristianos es el del Niño Jesús, cuyo momento de concepción coincide con dicha fecha». En el marco del fallo unánime de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando «no punible» el aborto por violación, las diócesis de todo el país y diferentes agrupaciones pro-vida organizaron actos, marchas y diversas actividades en defensa de la vida desde el momento de la concepción.
Fue la Argentina el país que tuvo la iniciativa de celebrar el 25 de marzo, solemnidad de la Anunciación, el “Día del Niño por nacer”. Un decreto presidencial del 7 de diciembre de 1998 la convirtió en una celebración oficial y fue la Argentina la que animó a otros países y líderes a seguir el ejemplo y las respuestas fueron llegando en años sucesivos.
Qué cruel paradoja, que hoy, el reciente fallo de la Corte Suprema de la Argentina ponga al país nuevamente en un lugar destacado, pero ahora será en el triste podio de los países que favorecen legislaciones que permiten la muerte del inocente niño que speraba en el seno materno su oportunidad de vivir.
Los considerandos del decreto del 7 de diciembre de 1998, firmado por el entonces presidente doctor Carlos Menem y el canciller Guido Di Tella, indican que la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, proclamó que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
Se ratifica así la afirmación contenida en la Carta de las Naciones Unidas acerca de la fe de los pueblos en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de todo el género humano.
Agregan los considerandos que como una política de concreción efectiva de la protección universal de los derechos humanos, para todos los hombres y para todas las naciones, la comunidad internacional ha destacado al niño como un sujeto digno de una especial consideración, particularmente en la Declaración de los Derechos de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño, en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959 y en la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.