Clausuraron dos comercios por vender bebidas alcohólicas

Son las primeras infracciones establecidas tras las modificaciones del Código de Nocturnidad, que terminaron por endurecer el decreto 1320. Ambos locales, comerciaban en horario prohibido. [su_note note_color=»#cdcdcd»]Los locales, aunque estén habilitados, no pueden vender alcohol entre las 6 y las 8.[/su_note]Dos comercios de Posadas fueron clausurados el sábado por la noche por infringir el Código de Nocturnidad que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública. Ése fue el resultado del primer control que se realizó tras las modificaciones que se realizaron al decreto 1.320 y que concluyeron en el endurecimiento de las medidas.

Según indicó el secretario de Salud y Medio Ambiente de la Municipalidad, Jorge Jaborniski, el sábado se hicieron dos clausuras. «Se cerró un kiosco que está sobre la avenida Francisco de Haro, que estaba vendiendo alcohol a las 2,30 y también se clausuró un bar ubicado sobre calle Ayacucho, casi La Rioja (en frente del Instituto Montoya), donde también se estaba vendiendo alcohol a las 6,30», dijo el funcionario.

Tal como lo indica el Código de Nocturnidad, los kioscos ya no pueden vender alcohol. Mientras que, los bares (aunque estén correctamente habilitados) tampoco pueden vender bebidas alcohólicas entre las 6 y las 8, «y esto es según la última modificación que se puso en marcha desde la semana pasada».

La modificación implementada a través de un decreto, endureció el Código de Nocturnidad. Entra los cambios, figura la especificación en uno de los artículos, de la prohibición de vender bebidas alcohólicas entre las 6 y las 8. «El problema era que como los boliches terminan su actividad a las 6, los jóvenes salían y conseguían alcohol en otros lados, por eso se determinó la prohibición de expender de 6 a 8», argumentó Jaborniski.

«Los resultados son satisfactorios por eso creíamos que teníamos que seguir avanzando en el Código», añadió.

Jaborniski, recordó que ahora la Municipalidad contará además con un registro de comercios que expenden alcohol. Los bares y kioscos habilitados a tal efecto deberán inscribirse hasta el 31 de agosto próximo. «Con eso vamos a tener un conocimiento real de cuántos negocios venden alcohol y cuáles son las bocas de suministros de alcohol», explicó.
El funcionario municipal negó que la lista comunal se contraponga con la del Ministerio de Gobierno, porque ellos llevarán su propio registro. «Sabemos que hay muchos lugares que tienen la habilitación del Gobierno y no la de la Municipalidad», dijo.

«Es difícil determinar si bajó el consumo, eso lo sabrán los distribuidores. De todas formas hay que aclarar que lo que buscamos a través del Código de Nocturnidad es que haya un orden en las calles. Porque sabemos que no podemos atacar a quien consume. La vía pública hoy es mucho más segura y tranquila», concluyó. El funcionario dijo además que el interés no es recaudar más.

Normas más duras

A cinco meses de la aplicación del decreto 1.320, apareció otra normativa (564) que endurece el Código y apunta sobre todo a aumentar las sanciones hacia los infractores. Entre las modificaciones más importantes se establece: que las sanciones a los infractores contemplarán clausura efectiva. Así, el artículo 11 establece que a la primera infracción la multa será de 1500 unidades de combustible y diez días de clausura; por una segunda infracción el comerciante deberá pagar 3000 unidades y será clausurado por 20 días y al tercer incumplimiento la multa asciende a 5000 unidades y cierre definitivo.

Por otra parte se incorporó el artículo 23, en el que se establece que los servicios de delivery o de entrega a domicilio no podrán vender o entregar bebidas alcohólicas entre las 0 y las 8 en la vía pública.

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