La destitución de Héctor Carballo fue confirmada por la justicia

Por mayoría el Superior Tribunal de Justicia rechazó el conflicto de poderes y avaló las actuaciones del Concejo Deliberante de San Vicente. Carballo deberá dejar su cargo y quedará inhabilitado por cuatro años. No fue tenido en cuenta el fallo del Procurador General que advertía sobre irregularidades en el proceso El Superior Tribunal de Justicia por mayoría convalidó anoche las actuaciones del Concejo Deliberante de San Vicente, rechazó el conflicto de poderes planteado por Héctor Carballo y avaló la destitución del intendente de esa localidad. Con los votos afirmativos de siete de sus integrantes y la disidencia de Marta Pouggiese de Oudín, el máximo tribunal de la provincia dejó de lado la sugerencia del procurador General Miguel Ángel Piñero, en cuanto a la invalidez de las actuaciones por errores en la instrucción e irregularidades en el debido proceso. El STJ basó su fallo en el entendimiento que el derecho de defensa fue resguardado y que se siguieron todos los pasos procesales de rigor, «sin incursionar en la naturaleza o gravedad de los hechos que se imputaron en su momento al jefe comunal en cuestión», por entender que este tema es resorte exclusivo del cuerpo deliberativo de San Vicente. INHABILITADO La Resolución, que lleva el número 337, tiene carácter suspensorio ya que mientras la sentencia no esté firme el imputado sigue ejerciendo sus funciones. Ante la determinación del STJ, los abogados de Carballo tendrán un plazo de 10 días para interponer un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá presentarse ante la máxima instancia judicial de la provincia que dictaminará sobre su procedencia. Vencidos estos plazos, y de no presentarse el recurso extraordinario, el controvertido jefe comunal quedará definitivamente separado de su cargo y con una inhabilitación de cuatro años para ejercer cualquier cargo público. EN DISIDENCIA Los votos que avalaron las actuaciones del Concejo Deliberante de San Vicente fueron emitidos por el Presidente del STJ, Manuel Márquez Palacios y los ministros Luis Absi, Humberto Schiavoni, Marta Cattela, Julio Dionisi, Julio Silveira Márquez y Jorge Rojas, mientras que Marta Pouggiese de Oudín votó en disidencia y no formó parte del acuerdo de donde surgió la resolución Jorge Primo Bertolini por estar en uso de licencia por cuestiones de salud. El voto de la Doctora Oudín, coincide con el del Procurador Piñero y es casi la trascripción del fallo del jefe de los fiscales. SIN CONFLICTO DE PODERES El Superior Tribunal de Justicia, no vertió en su fallo precisiones acerca de la competencia del Procurador en los casos de conflicto de poderes, pero aclararon que de acuerdo a la Ley de municipalidades, los procesos que tengan posibles conflictos entre uno o más poderes del estado deben ser breves y, aparentemente sin la intervención del Procurador General.

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