Condenas de 12, 10 y 3 años de prisión por trata de personas

Ayer se dictó sentencia para los acusados de prostituir mujeres en Bernardo de Irigoyen, en donde además había menores. 

 

Luego de un largo e intenso debate  ayer se dictó sentencia en el juicio por trata de personas en un burdel de Bernardo de Irigoyen.

 

El fiscal,  Juan Carlos Tesoriero solicitó mediante las pruebas y lo recabado tanto en el debate del tribunal, como lo declarado frente al juzgado Federal de Eldorado, la pena de 10 años a María Arminda De Mora, 12 años para Ramón Daniel De Lara, y 3 años a Gustavo Álvez por ser partícipe secundario. Sosteniendo en el caso de De Mora, que la acusada gozaba del conocimiento del hecho y, por las pruebas encontradas, que si bien durante el allanamiento no  se encontraba en funcionamiento el “Bar” había elementos que demostraban que allí se efectuaba el comercio sexual. Del mismo modo en el caso de De Lara, el fiscal sostuvo que el imputado conocía sobre los hechos y tenía control sobre lo que ocurría en el local, que aseguró alquilaba a una mujer quien en realidad se encargaba del comercio. Asimismo, solicitó la condena de Gustavo Alvez quien se encontraba trabajando y controlando a las chicas que estaban siendo explotadas.

 

Desde la defensa, el abogado Hugo Daniel Zapana, en nombre de la acusada De Mora, alegó su “deterioro mental dada su avanzada edad y la deficiencia senil que sufre, lo cual implica su imposibilidad de conocimiento real del hecho” y a través de ello pidió la absolución del caso o la condena mínima de cuatro años.

 

Por su parte, el letrado Norberto Pablo Pipo, alegó que su defendido Daniel De Lara, trató por todos los medios de no infringir la ley, conociendo que la prostitución no es un delito en nuestro país, y nunca forzó a las chicas sino que por libre voluntad ellas trabajaban en el bar. Además expuso que la menor hallada en el local había mentido sobre su edad.

La abogada Susana Beatriz Criado Ayán sostuvo que su defendido Gustavo Alvez solo concurría al bar pero no trabajaba en él.

 

El Tribunal dictaminó: condena por “delito de trata de personas agravado por la presencia de menores y tenencia simple de estupefacientes” a 12 años de prisión para el imputado De Lara, por el “delito de trata de personas” a 5 años de prisión a María Arminda de Mora, y por “partícipe secundario del delito” a 3 años de prisión a Gustavo Alvez. 

 

El caso. Hace dos años, una investigación de Gendarmería concluyó con el allanamiento de un prostíbulo situado en el acceso a Bernardo de Irigoyen, donde fueron rescatadas cuatro mujeres, entre ellas dos menores de edad. Una de las menores denunció en aquel momento que se prostituía en el “Bar”, obligada por su suegra, que resultó ser Arminda De Mora, en ese entonces, de 60 años. La chica, que habría sido reclutada en San Pedro, tenía un pequeño hijo, carecía de identificación formal y habría sido tentada por la sexagenaria para trabajar en el bar nocturno. La “administradora” del local se aprovechó de la extrema pobreza de su nuera. Otras tres víctimas denunciaron que en el “Bar” la cara visible era Ramón Daniel De Lara, quien tras ofrecerles “un trabajo con salida”, las trasladó hasta el burdel y allí comenzó el calvario de las chicas. Se encontraron con que debían vender su cuerpo a los clientes que ingresaban al burdel.

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