Rige el nuevo régimen laboral que jerarquiza y establece reglas claras para el Cuerpo de Guardaparque de Misiones

Se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 869 que aprueba el Estatuto del Guardaparque con la ampliación del reglamento del “Régimen Orgánico del Cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Misiones”. El presidente de la Asociación de Guardaparques de Misiones (AGUMIS), Claudio Maders, dijo que "era un anhelo y una lucha de muchos años, y es una excelente noticia para el sector”. 

Con fecha del 14 de junio, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 869 que aprueba el Estatuto del Guardaparque y la ampliación reglamento del Régimen Orgánico del Cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Misiones, tras un proyecto de varios años de lucha por avanzar en mejorar las condiciones laborales de la carrera ante sus especificaciones para su tarea en el territorio – diferenciado de la Administración Pública-, finalmente lograron una visión común entre la Asociación del Cuerpo de Guardaparques (AGUMIS), la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y el Gobierno de Misiones, a través del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables.

 

El anuncio lo había realizado en el discurso del 1 de Mayo el gobernador de Misiones, Oscar Herrera Ahuad, en la apertura de sesiones legislativas, en la que aseveró que se trata de un régimen laboral especifico para las funciones que desempeñan los trabajadores que integral del Sistema Provincial y que su alcance jerarquizará la protección de las áreas naturales protegidas públicas y privadas, y mejoraran las condiciones laborales para el servicio público que prestan custodiando el patrimonio natural de la provincia.

 

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Con fecha del 14 de junio, finalmente se publicó el Decreto 869 en el Boletín Oficial que institucionaliza la vigencia del régimen laboral, y su puesta en marcha es “una excelente noticia” para el Cuerpo de Guardaparques de Misiones.

 

La lucha por el Estatuto de Guardaparques llevó varios años de intento, y con este nuevo régimen laboral se da una vuelta de página y se inicia un camino de construcción de mejores condiciones de trabajo para el personal del sistema provincial de la ANP. “Aún hay mucho por hacer, pero estoy muy emocionado con este logro junto a todos los que de alguna manera fuimos parte de empujar este proceso que tuvo muchos frentes muy complejos, aunque todos entendimos que era necesario encontrar una mejora en las condiciones laborales de los compañeros y finalmente llegó la gran noticia para los trabajadores”, expresó jefe del Departamento Planificación de la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas, guardaparque Esteban Arzamendia.

El principal logro para las y los trabajadores que custodian diariamente la selva misionera es que “se jerarquiza el sistema laboral, establece claramente un régimen acorde a las actividades que se realizan en el territorio con un escalafón y categoría según tarea o antigüedad».

El funcionario de carrera integra el equipo de gestión actual junto al director de ANP, guardaparque Javier Patzer, el subsecretario de Ecología y Desarrollo Sustentable, Alan Benítez Vortisch, y el ministro de Ecología y Recursos Naturales Renovables, Víctor Kreimer, quien desde que asumió la gestión inició un proceso de dialogó y escuchó el proyecto de AGUMIS.

En el último año, comenzaron a trabajar en los puntos de mejoras laborales posibles y necesarios de instrumentar. Se organizaron reuniones con la presencia de los representantes de ATE y AGUMIS, Hacienda y Ecología, hasta lograr finalmente la aprobación de un proyecto de régimen laboral especifico para los trabajadores.

 

La lucha es de hace varios años por las mejores condiciones laborales de las y los guardianes de la Selva Misionera, que finalmente con un documento consensuado lograron una propuesta que permitirá avanzar en dar mayor claridad y determinar las funciones, competencia, deberes, derechos y obligaciones, régimen de ingreso, régimen disciplinario, jornadas laborales, y categorización por antigüedad para la carrera de las y los guardaparques provinciales.

 

Así lo explicó en una entrevista con ArgentinaForestal.com el presidente de AGUMIS, Claudio Maders. El guardaparque tiene 26 años de antigüedad, en la actualidad es coordinador técnico de la Reserva de Biosfera Yaboti, además de haber sido parte de la Unidad de Investigación de la AMIRBY, fue coordinador de Zona Centro, Jefe de Parque Moconá, entre otros cargos ejercidos custodiando la selva misionera.

Guardaparque Claudio Maders, presidente de AGUMIS

“La realidad es que nos costó mucho que sea tratado este proyecto. El anhelo viene desde hace varios años atrás, pero fue recién entre 2012-2013 que logramos darle forma en papel con las líneas generales de lo que debiera tener nuestro estatuto y plantear el tratamiento institucional del Estatuto y Decreto Reglamentario. Desde entonces es que veníamos en la lucha constante intentando que se trate nuestra situación laboral y finalmente, el ministro Víctor Kreimer nos abrió las puertas para avanzar. Desde el 2022 se retomó el tema en la agenda institucional. Siempre siguiendo el debate por lograr un encuadre adecuado a nuestro trabajo, y que de alguna manera tenga tratamiento nuestro Estatuto”, recordó el guardaparque misionero, oriundo de San Vicente.

 

Se organizaron con AGUMIS en varios plenarios zonales, oportunidad en la que compartieron con todos los guardaparques el  proyecto de estatuto. “Entre todos debatimos el documento y fomentamos que todos puedan opinar al respecto, hasta que finalmente salió este decreto de un régimen específico que en gran parte comprende a nuestro estatuto. Si tengo que decir cuál es el mayor logro en este proceso, es que se establece claramente nuestro régimen laboral, que paradójicamente, hasta ahora no lo teníamos claro”, planteó Maders.

 

“El régimen jerarquiza al cuerpo de guardaparques. Establece un escalafón, nos categoriza bajo determinados requisitos a cumplir. Ahora contamos con un régimen de promoción dentro de la carrera de guardaparques, entre otros aspectos fundamentales de nuestro trabajo. Sin dudas, aun quedaran cosas por seguir luchando, como el régimen de retiro y adecuar todo el decreto a la situación actual de nuestra estructura”, dijo el presidente de AGUMIS.

 

“Hasta ayer, por ejemplo, un guardaparque que ingresaba en 2023 al sistema provincial tenía la misma jerarquía que aquel que tenía 26 años de servicio. Todos éramos iguales, teníamos la misma categoría más allá de la experiencia y la antiguedad. Esto desde hoy cambió, el régimen especifico laboral vigente establece que dentro de la estructura se puede ir ascendiendo de acuerdo a la antigüedad y los sistemas de promociones establecidos para ir escalando en categorías dentro del cuerpo de guardaparques”, explicó Maders.

 

En la actualidad son alrededor de 120 guardaparques en el sistema provincial, y no más del 30% son mujeres. “Aún estamos por debajo en números, pero en los últimos años vienen incorporándose cada vez más”, respondió Maders, planteando otro desafío que irán abordando en adelante para establecer las especificaciones necesarias respecto al género y el sistema laboral para mujeres del Cuerpo de Guardaparques de Misiones.

 

También hay una veintena guardaparques «baqueanos» que esperan el tratamiento del proyecto de ley de ventana jubilatoria, ya que tienen más de 30 a 35 años de servicio, pero no pueden retirarse sin el reconocimiento para acceder a una jubilación digna.

 

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Por su parte, el guardaparque Jorge Bondar, miembro de AGUMIS, también destacó la puesta en marcha del nuevo régimen que se logró por un trabajo conjunto con los ministerios de Ecología, Hacienda y entidades gremiales para la concreción del régimen. “Es fundamental que todas las atribuciones, funciones, deberes, derechos y obligaciones estén plasmados en un documento de estas características, que no solo revaloriza al Cuerpo sino también al Ministerio de Ecología. Era algo esperadísimo. Llevo 24 años de servicio y siempre anhelé este momento”, expresó.

 

“Si bien es una iniciativa que llevaba algún tiempo, en los últimos dos años, con la gestión del Ministro Kreimer, y el acompañamiento del presidente de la Legislatura, Carlos Rovira, se retomó el proyecto y tomó un impulso definitivo”, cerró el guardaparque.

 

De esta forma, Misiones es la segunda provincia del país, después de la provincia de Tierra del Fuego que declaró, también por decreto 1331/23 publicado en el Boletín Oficial, el escalafón del Cuerpo Provincial de guardaparques, su estructura orgánica y los agrupamientos del cuerpo.

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 Oscar Herrera Ahuad y Carlos Rovira impulsaron el Estatuto de Guardaparques de Misiones

Decreto N° 869 Aprobación del Estatuto Guardaparque

POSADAS, 14 de Junio de 2.023.-

VISTO: El Expediente N° 9900-440/2023- Registro Ministerio de Ecología y Recursos Naturales y Renovables, Iniciador: DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS caratulado: AGUMIS Y ATE SOBRE APROBACIÓN DEL ESTATUTO GUARDAPARQUE” y;

CONSIDERANDO:

QUE, la LEY XVI N° 71 – “Régimen Orgánico del Cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Misiones” fue reglamentada por Decreto 1.869/2009 de fecha 13 de Noviembre de 2009;

QUE, por razones inherentes al funcionamiento y optimización del cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Misiones es pertinente la ampliación de la reglamentación del referido Decreto, en los puntos correspondientes a la misión, competencia, funciones, atribuciones, deberes y derechos, régimen de ingreso, régimen disciplinario, jornadas laborales, como así las actividades operativas y administrativas que desarrolla el cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Misiones;

QUE, es necesario establecer adicionales, bonificaciones de acuerdo a las funciones en la estructura jerárquica y al destino fijado para los agentes del cuerpo de Guardaparques;

QUE, el Cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Misiones cumple funciones específicas y a su vez un régimen laboral diferenciado de la Administración Pública Provincial por su especialidad y, siendo necesario implementar adicionales, bonificaciones y compensaciones que contemple la jerarquización del personal (Cuerpo de Guardaparques Provincial) conforme a la naturaleza, las funciones que desempeñan y la responsabilidad en el desempeño de la misma, además resultando ecuánime crear una nueva estructura del Cuerpo de Guardaparques estableciendo sus escalafones, con sus diferentes tramos y categorías, modificando la vigente, permitiendo establecer lineamientos claros en el ejercicio de la jerarquía, de las funciones, competencias y en el manejo de las relaciones personales, tendientes a la optimización de los recursos humanos y estructurales de la organización actual;

QUE, conforme lo dispone el Art. 24° de la Ley I N° 37 (antes Decreto Ley 1556/82) este Poder Ejecutivo tiene facultades suficientes para establecer compensaciones a los agentes que prestan sus servicios en las distintas áreas del Estado Provincial, máxime cuando ello redunda en beneficio de la Administración Pública y de los Recursos Naturales de la Provincia de Misiones;

QUE, la transformación, modernización y el desenvolvimiento de las acciones institucionales acorde a las exigencias que impone la política de estado en materia ambiental, demanda la continua actualización de las estructuras organizacionales del Gobierno Provincial a los fines de dar repuestas óptimas;

QUE, por todo lo expuesto es menester dictar el instrumento legal que apruebe la Ampliación de la Reglamentación de la Ley XVI N° 71 – “RÉGIMEN ORGÁNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES DE LA PROVINCIA DE MISIONES”, siendo así mismo procedente dejar sin efecto todos los instrumentos legales que se opongan al presente Decreto;

QUE, a fs. 21 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos sin objeciones a fin de aprobar la ampliación de la reglamentación de la Ley XVI – N° 71;

 

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE a partir de la fecha del presente Decreto, la ampliación del reglamento del Régimen Orgánico del Cuerpo de Guardaparques que como ANEXO I forma parte del presente.-

ARTÍCULO 2°.- REFRENDARÁN el presente Decreto el Señor Ministro Secretario de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Público y el Señor Ministro Secretario de Ecología y Recursos Naturales Renovables.-

ARTÍCULO 3°.- REGÍSTRESE, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento: Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Liquidaciones de la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Coordinación del Sector Público.

Cumplido ARCHÍVESE el expediente en la Unidad de Personal que corresponda.- HERRERA AHUAD – Safrán – Kreimer

 

 

Por Patricia Escobar

@argentinaforest 

 

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