Eldorado | Por la situación “desesperante” que atraviesa, una mujer publicó en las redes sociales que vende un riñón

A pesar de estar prohibido en la Argentina, una mujer de Eldorado publicó en un grupo de compra y venta de Eldorado que vendía su riñón por $ 200.000, que había tomado esta decisión por la situación “desesperante” que atraviesa, junto a sus 5 hijos. En Argentina la ley 27.447 prohíbe la venta de órganos.

La mujer que publicó en las redes sociales que vende un riñón explicó a un medio de comunicación local que, por sus hijos “haría lo que fuera. La situación que atravieso es desesperante y no me alcanza para cubrir las necesidades de mis hijos”, dijo.

También aseguró que trabaja en un lavadero, y cobra asignaciones familiares, pero eso no le alcanza para cubrir las necesidades de los niños y las propias.  “Vendo uno de mis riñones urgente, espero que no me critiquen pero con lo de mi trabajo no me alcanza. Interesados al privado”, se podía leer en la publicación que ya no es visible, en el Marketplace de la red social de Facebook.

La mujer había publicado su número de celular, y solicitaba que se comuniquen al privado, el precio que le puso a uno de sus órganos era de $ 200.000. Al mismo medio de comunicación detalló que es madre soltera y tiene cinco hijos, que tienen entre 3 y 10 años de edad, aunque es de Eldorado, estuvo mucho tiempo en Buenos Aires y regresó hace poco tiempo junto a sus hijos y su pareja, de quien se separó hace unos meses y desde ahi tuvo que hacerse cargo sola de los niños.

 

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También afirmó que es “consciente de las dificultades de vender un riñón”, pero prefiere arriesgarse, y que ese dinero le serviría para acomodarse un poco y darle “algo de tiempo para ver si soluciono mejor las cosas”. Por último, reiteró que, “por mis hijos hago lo que sea y bueno eso es lo que puedo hacer ahora”.

 

La venta de órganos en la Argentina está

En la Argentina la donación de órganos es voluntaria y gratuita, y la legislación argentina prohíbe expresamente su comercialización. Así lo señala la Ley 27.447 de trasplante de órganos, tejidos y células.

La Ley 27.447 establece que queda prohibido cualquier transplante “cuando no se respeten los principios de voluntariedad, altruismo o gratuidad”, o cuando se de una “contraprestación u otro beneficio por la donación de órganos, tejidos o células o intermediación con fines de lucro y la realización de cualquier actividad vinculada a esta ley sin respetar el principio de confidencialidad”.

 

Esto se fundamenta en los siguientes principios:

La posibilidad de la compra venta y de poner precio a un órgano o a una parte del cuerpo transforma al ser humano de sujeto en objeto y vulnera los Derechos Humanos y la dignidad humana, consagrada en las Declaraciones de Derechos Humano.

Se vulneraría el principio de justicia como equidad, y consagraría las condiciones de inequidad ya que el supuesto “vendedor” lo haría por necesidad y el “comprador” lo haría por sus posibilidades económicas.

Además, el ejercicio de la autonomía se sustenta en la libertad para la toma de decisiones. En este sentido queda claro que la decisión de vender un órgano basado en las necesidades económicas implica coacción y no puede considerarse autónoma.

Respecto a las donaciones en vida, el Incucai enfatizó que en el país solo está permitida la donación de órganos en vida para los mayores de 18 años en caso de parientes consanguíneos o por adopción hasta el cuarto grado, cónyuges, o personas que mantengan una unión convivencial.

 

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