En un juicio sin precedentes en Misiones, este miércoles inicia el debate por la “Tragedia del Campus” y el acusado será juzgado por homicidio simple

En un juicio sin precedentes en la provincia, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores avaló que Juan Gastón Brunner, el joven automovilista que estando ebrio ocasionó un choque que le costó la vida a dos personas, se juzgado por el delito de “homicidio simple por dolo eventual”. El debate comenzará este miércoles.

El debate se desarrollará en el Tribunal Penal Uno de Posadas, presidido por Viviana Cukla y acompañada por los camaristas Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie. Se prevé que el juicio se extienda por al menos siete jornadas y dará inicio este miércoles.

En febrero de 2017, el aquel entonces Juez de Instrucción Siete de Posadas, Carlos Jorge Giménez, dio por cerrada la investigación de la llamada “Tragedia del campus universitario”, que le costó la vida a Carmen Susana Prestes (47) y a Oscar Meza (57).

El hecho sucedió el 13 de febrero de 2016. Brunner manejaba de Norte a Sur por la ruta nacional 12 un coche VW Vento. Lo acompañaba una conocida, Jaqueline Bogado. A la altura de la estación de transferencia de micros de Miguel Lanús, en inmediaciones del campus de la Universidad Nacional de Misiones, se cruzó al carril contrario y chocó de frente con un Ford Fiesta, en el que viajaban Prestes, Meza, la esposa de este (Teresa Cardozo) y Milagros (de 8 años, hija de Prestes).

Otro coche que iba en el mismo sentido que el Fiesta también participó del episodio: un auto VW Gol Country, EKH 166, guiado por Ricardo Ramos (59), quien era acompañado de Olga Arguello (56). Al igual que el Fiesta, el Gol también iba hacia el Zaimán.

Prestes y su pariente Meza, que estaba de visita con su esposa (ambos habían llegado desde Chaco), perdieron la vida en el acto. Cardozo y la pequeña Milagros sobrevivieron. La niña estuvo muy grave, pero pudo recuperarse y recibir el alta.

Al momento del choque, Brunner tenía un nivel de alcohol en sangre superior a lo permitido. Cuatro horas después del encontronazo, la alcoholemia le dio 1,6.

La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores avaló que el imputado sea juzgado por homicidio simple con dolo eventual. En la resolución, intervinieron tres camaristas, porque fue un fallo en disidencia. José Alberto López se pronunció por rechazar el planteo de la nulidad de la requisitoria fiscal que había hecho el abogado defensor Hugo Zapana. Su colega José Jacobo Mass votó por hacer lugar al recurso de la defensa. Finalmente desempató Ricardo Venialgo, quien adhirió al voto de Mass.

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Hasta el momento no hay antecedentes en Misiones de que alguna persona haya llegado a juicio bajo ese tipo de figura legal y menos aún condenada. Sin embargo, a nivel nacional, y a la luz de episodios parecidos, cada vez son más los jueces que se animan a mirar con esa lupa ciertos “accidentes”.

El Código Penal argentino solo prevé dos tipos de homicidios, el doloso y el culposo. En el primero, hay intención, en el segundo es el resultado de la negligencia o impericia. Por lo general, los jueces optan por la segunda opción para los accidentes, bajo la premisa de que nadie sube a un vehículo para utilizarlo como un arma.

El artículo 79 del Código Penal establece condenas de entre 8 y 25 años para quien mata con intención de hacerlo, sin que mediaren circunstancias de atenuación. El dolo es la intención y el dolo eventual se da cuando la persona pudo prever o representarse lo que podía ocurrir como consecuencia de una determinada situación y de todos modos ejecuta la acción. En el caso de Brunner, manejar ebrio y a mucha velocidad.

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