El Gobierno nacional pidió que la Corte Suprema suspenda los efectos del fallo por la coparticipación

El Gobierno nacional reclamó este martes a la Corte Suprema de Justicia que suspenda los efectos de su propio fallo en donde se le ordenó al Estado Nacional, a través de una medida cautelar, que entregue el 2,95% de los fondos de coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires.

A través de una serie de escritos presentados por el Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, el presidente Alberto Fernández recusó a los ministros de la Corte Suprema y a la vez planteó la revocatoria del fallo dictado la semana pasada, con efecto suspensivo y que, “oportunamente”, se deje sin efecto la resolución que favoreció al jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta.

En una serie de escritos, el Gobierno afirmó que “la Constitución impone en casos de trasferencia de servicios es la remisión de los recursos necesarios para 17 la atención del gasto; y no la modificación de los coeficientes de coparticipación, como prejuzgó la CSJN”. Además, aseguró que “la sentencia soslaya, a pesar de invocar el federalismo de concertación, que en esta última hipótesis adoptada por el Alto Tribunal, sería necesario rediscutir el régimen de coparticipación de manera general, con la intervención de todas las jurisdicciones”.

Según la Procuración, “resulta irrazonable pretender, por este concepto, que se mantenga un porcentaje de la masa coparticipable que – como sucedió desde inicios del año 2016 hasta el dictado del Decreto N° 735/2020 y la ulterior sanción de la Ley N° 27.606- excede el costo real de los servicios transferidos, generando un beneficio injustificado en favor de la jurisdicción local”.

 

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En ese contexto, el Estado Nacional solicitó que se conceda el recurso con efecto suspensivo, en el marco de la ley de medidas cautelares. “Si bien esta parte no soslaya que la disposición refiere al recurso de apelación, entendemos que al impugnarse el fallo mediante el recurso de revocatoria in extremis, por no contar con otro recurso disponible ante la decisión de la CSJN en un proceso que tramita en instancia originaria, cabe igualmente aplicar la norma por analogía”, se justificó.

Y que, “oportunamente, se haga lugar a este recurso, basado esencialmente en el prejuzgamiento y la arbitrariedad de sentencia por falta de fundamentación suficiente; en el exceso de atribuciones constitucionales en el que ha incurrido el Tribunal al dictar la medida cautelar adoptada en autos; y en que no se encuentran reunidos los requisitos legales para la procedencia de medida cautelar alguna”, se añadió.

En otro escrito, el Procurador Zannini también pide el apartamiento de los jueces que dictaron el fallo: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Es que, según su criterio, en la cautelar ya se anticipó un criterio. “En este escenario, el Estado Nacional no puede aguardar, respecto del recurso de revocatoria in extremis que interpondrá luego de este escrito, ni a la hora de una definición sobre el fondo de este proceso, una decisión dotada de la objetividad que debe guiar al juzgador al tiempo de la emisión de su pronunciamiento definitivo”, se afirmó.

Según planteó, “el Estado Nacional, como parte de este litigio, encuentra que existen circunstancias que permiten, razonablemente, percibir que los magistrados que integran este Excmo. Tribunal no tendrán ya la ‘objetividad’ esperable de quien debe decidir una cuestión de la relevancia que tiene la materia involucrada en esta disputa judicial. Los términos de la medida cautelar dictada, que como se dijo trascienden los de una definición meramente provisional para dejar ya establecidos diversos criterios sobre el fondo de la materia debatida, avalan la postura antes expresada”.

“Por consiguiente, a fin de preservar la institucionalidad, el decoro y delicadeza que deben rodear la figura de los magistrados, se peticiona a los señores magistrados de este alto Tribunal que, de acuerdo a los máximos estándares internacionales en cuanto a la interpretación de la objetividad judicial, se excusen de seguir interviniendo en la causa”, se añadió. La recusación se planteó subsidiariamente.

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