La Justicia archivó la denuncia de Mavys Álvarez contra Diego Maradona y su entorno por abuso sexual

Los otros acusados por la mujer cubana eran Guillermo Cóppola, Omar Suárez y Carlos Ferro Viera. Los presuntos ataques sexuales sucedieron entre el 9 de noviembre de 2001 y el 19 de enero de 2002.

Denuncia de Mavys Álvarez contra Diego Maradona

La Justicia archivó la causa por abuso sexual contra Diego Maradona y su entorno iniciada tras la denuncia de Mavys Álvarez. El futbolista, que murió en noviembre de 2020, y la mujer cubana mantuvieron una relación cuando ella era menor de edad y el astro se recuperaba de las drogas en La Habana.

 

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En su declaración en la causa, en noviembre del año pasado, Álvarez dijo que Maradona la indujo a las drogas y relató varios episodios de violencia.

En el mismo expediente también estaban acusados el exmánager de Maradona Guillermo Cóppola; Omar Suárez y el asistente Carlos Ferro Viera.

denuncia de Mavys Álvarez contra Diego Maradona
La relación de Diego Maradona y Mavys Álvarez fue en Cuba, cuando la mujer era menor de edad. (Fotos: América TeVé Miami e Instagram de @marianoisraelit)

El argumento del juez Daniel Rafecas para archivar la denuncia de Mavys Álvarez contra Maradona

El fallo del Juzgado Criminal y Correccional Federal N°6, a cargo de Daniel Rafecas, sentencia: “No se refleja ninguna acción al día de hoy reprochable penalmente”.

En el escrito se fundamenta que los hechos denunciados por Mavys Álvarez “sucedieron en otro país, y no resultan aplicables ninguno de los principios que rigen y regulan el ámbito espacial de la ley penal, que permitan exceptuar el principio de territorialidad y ser juzgados por nuestros tribunales”.

A su vez, se sostiene que el principio de territorialidad “tiene un reconocimiento universal”, y que “proceder de otro modo implicaría decididamente una intromisión en la soberanía de la República de Cuba”.

Rafecas indicó además que la denuncia involucra principalmente a Maradona “con la participación secundaria del resto de sus colaboradores”, y los episodios imputados ocurrieron “entre el 9 de noviembre de 2001 y el 19 de enero de 2002, conforme a los registros de ingreso y egreso a nuestro país de Álvarez Rego”.

Agregó que frente a esta situación “existen obstáculos procesales que impiden llevar adelante la investigación y el juzgamiento de los hechos, dado que, con respecto a la autoría del señor Diego Armando Maradona, es de público conocimiento el fallecimiento ocurrido, por lo que cualquier acción penal en su contra se encuentra extinta, conforme el art. 59 inciso 1 del Código Penal”.

Con respecto a los demás denunciados en la causa, el fallo afirma que “han pasado más de 20 años de los hechos y de acuerdo en su totalidad con los argumentos vertidos en el dictamen de fecha 1 de febrero de 2022 por el Sr. Fiscal, la acción se encontraría prescripta, dado que han transcurrido sobradamente los plazos previstos”.

 


Fuente: TN

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