Establecerán una reducción de aportes para nuevos empleos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Trabajo resolvieron que los empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores a partir del 1 de septiembre último, y durante los 12 meses siguientes, y cumplan con las modalidades definidas para acceder a los programas oficiales de empleo, podrán acceder a la reducción de aportes.

 

Lo hicieron a través de la resolución conjunta 5083/2021, que precisó que la reducción asciende al 95% en caso de que la contratación sea de una persona mujer, travesti, transexual o transgénero, o una persona con discapacidad acreditada. En tanto que el beneficio alcanza al 90% en caso de que el contratado sea varón.

 

El acceso de la reducción en el pago de las contribuciones patronales se concretará siempre que las trabajadoras y los trabajadores contratados hubieran participado durante los últimos 12 meses, o se encuentren participando al momento de inicio de la relación laboral, en programas o políticas educativas, de formación y empleo y de intermediación laboral.

 

La reducción será aplicada durante los primeros 12 meses contados a partir del inicio de la contratación sobre las que se realicen a partir del 1 de septiembre de 2021 e incrementen la nómina de trabajadores y trabajadoras que tenían en agosto último.

 

Las contribuciones patronales que se reducen son aquellas que tienen destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), al Fondo Nacional del Empleo y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.

 

La AFIP pondrá a disposición en el sistema Declaración en Línea y en el programa aplicativo denominado Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – Sicoss- nuevos códigos de modalidad de contratación para identificar a las trabajadoras y los trabajadores alcanzados por la reducción de la alícuota de contribuciones patronales.

 

 

AFIP extendió beneficios para monotributistas

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para que las y los monotributistas accedan a los beneficios implementados por la Ley de Alivio Fiscal y la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal, a través de la resolución general 5079/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

 

Así, el organismo encabezado por Mercedes Marcó del Pont dispuso que los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre para adherir a la moratoria para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año, con un plan de hasta 60 cuotas.

 

La normativa de la AFIP también extendió los plazos para ejercer las opciones de permanencia, reingreso al monotributo y de beneficios para contribuyentes cumplidores. De esta manera, prorrogó por dos meses los plazos previstos originalmente.

 

Los pequeños contribuyentes pueden, hasta el 30 de noviembre, regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.

 

El plan de facilidades para que monotributistas regularicen obligaciones vencidas hasta el 30.

 

de junio de 2021 contempla la condonación de intereses y multas.

 

Para poder adherir a esta moratoria las y los pequeños contribuyentes deberán poseer domicilio fiscal electrónico, e informar en el servicio Declaración de CBU de la página web de la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada uno de las cuotas.

 

La cantidad máxima de cuotas y la tasa de financiamiento a acceder dependerá de la categoría de las y los monotributistas.


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