Tres años de prisión para un conductor que golpeó a un hombre en la cabeza y le provocó la muerte

Un conductor fue condenado a tres años de prisión en suspenso luego de haber golpeado en la cabeza a un hombre que estaba cruzando la calle en el barrio porteño de Villa Urquiza, lo cual le provocó convulsiones y la muerte dos meses después.
La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 19 porteño en el marco de un juicio abreviado en el que, con el acuerdo del fiscal Carlos Marina, al imputado se le impuso la pena máxima por «homicidio preterintencional» y se ordenó que realice tratamiento psiquiátrico.
Este delito se comete cuando el agresor actúa con la intención de ocasionar lesiones a otra persona, con un medio idóneo para ello, pero finalmente le provoca la muerte.
El hecho ocurrió el 10 de julio de 2015, cerca de las 10, cuando la ví­ctima, de 71 años, intentaba cruzar la avenida Monroe y Valdenegro, ya que se dirigía a la parada de colectivos que se encuentra allí­.
Según los testigos que se presentaron en la causa, la tarea se le dificultaba ya que esa esquina no tiene semáforos y la víctima utilizaba un bastón.
Al llegar a la mitad de la avenida, el hombre se detuvo cuando un auto a gran velocidad le pasó por al lado, por lo que le arrojó un paraguas sobre el parabrisas.
Según uno de los testigos, el auto también le habrí­a pisado uno de los pies.
Tras ese momento, el ahora condenado, Carlos Ayesa (62), estacionó su vehí­culo a dos cuadras del lugar, fue a buscar a la ví­ctima y, sin mediar palabra, lo golpeó en la cabeza.
El hombre cayó al suelo, comenzó a convulsionar y a salirle sangre de sus oí­dos.
Ante esta situación, Ayesa se dirigió a su auto con la intención de fugarse, pero fue perseguido e interceptado por varias personas que vieron lo ocurrido.
Como consecuencia del golpe y la caí­da, la ví­ctima sufrió fractura de cráneo, contusiones y hemorragia encefalomeningia.
Tras ser atendido por el SAME y llevado al Hospital Pirovano, fue trasladado luego a un sanatorio privado, donde falleció el 11 de septiembre, casi dos meses después.
Para los jueces Horacio Barberis, Eduardo Fernández y Enrique Gamboa, Ayesa, «tuvo claramente la intención de lesionar a la víctima y tuvo el ánimo de dañar a la persona a quién dio muerte, sin que pudiera prever ese resultado, además de no haberlo querido».
Sostuvieron que ese «ánimo de daño» quedó probado cuando se acercó al hombre y «le dio un golpe de puño sin mediar palabra» y establecieron que la muerte fue causada por la imprudencia del imputado.
Los magistrados consideraron como agravante la superioridad fí­sica de Ayesa en relación al damnificado y el aprovechamiento de la diferencia de edad entre agresor y agredido, más cuando el último «aparentaba ser mucho mayor de edad».

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