El Senado sancionó el proyecto para penalizar a clientes de trata de personas

Dio luz verde y envió a Diputados un proyecto de ley que modifica el Código Penal, para imponer pena de prisión a quienes utilicen los servicios sexuales de víctimas de trata de personas, con conocimiento de esa condición.

La iniciativa que obtuvo 41 votos a favor y una abstención, castiga con prisión de uno a cuatro años a quienes utilicen o procuren servicios sexuales de una persona sabiendo que es una víctima de trata.

 

Además, las penas serán de cuatro a seis años de prisión cuando el prostituyente se valga de abuso de autoridad, amenaza o como recepción de pagos para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima; cuando sea ascendiente, descendiente, cónyuge, afín en línea recta, colateral o conviviente, tutor, curador, autoridad o ministro de cualquier culto reconocido o no, o encargado de la educación o de la guarda de la víctima.

 

La misma pena le cabría a los prostituyentes que fueran funcionarios públicos o miembros de una fuerza de seguridad, policial o penitenciaria.

 

La pena sube de cinco a diez años cuando la víctima fuera menor de 18 años y de 6 a 15 años, cuando la víctima sea menor de 13.

 

El autor de la iniciativa es el senador Aníbal Fernández (FPV), cuyo proyecto contó con el acompañamiento de las firmas de Graciela Di Perna (Peronismo de Chubut) y Sonia Escudero (Peronismo Disidente).

 

Fernández recordó que el «delito de trata de personas se sostiene por tres elementos fundamentales: los reclutadores, las víctimas y los clientes. Estos últimos asumen la complicidad de la esclavitud a la que se ven sometidas mujeres y adolescentes encerradas en burdeles o sitios similares donde a través del engaño, amenazas o violencia, son obligadas a prostituirse».

 

Según el proyecto, la lucha contra las redes de esclavitud para fines de explotación sexual debe verse acompañada de avances legislativos en materia penal para sancionar este delito; «pero también a visualizarlo y a desalentar la demanda».

 

La introducción de los vocablos «cliente» y «demanda» asociados a la trata de personas con fines de explotación sexual avanza sobre la pretensión de enmascarar la complicidad de quien paga para ejercer su poder dominante sobre las víctimas y permite visualizar la responsabilidad del usuario en los delitos contra la integridad sexual.

 

La redacción «sabiendo o debiendo saber» permitirá al juez una mirada más contextualizada en cuanto a las características del lugar donde concurrió, las condiciones de las víctimas y las cuestiones conexas.

 

En tanto, Escudero recordó el caso del intendente de la localidad salteña de Salvador Mazza, Carlos Villalba, quien fue encontrado en un prostíbulo allanado por la policía ante una denuncia de trata de personas, afirmando que con la ley que fue sancionada en el Senado debería haber ido preso.

 

“El intendente fue destituido. Pero no fue inhabilitado y ahora es candidato de nuevo”, informó la legisladora salteña.

 

La norma fue respaldada por el oficialismo y por la oposición, y sólo se abstuvo de votarla la cordobesa Norma Morandini, del Frente Amplio Progresista, quien se justificó diciendo que durante el debate en comisiones “no se escucharon a todas las organizaciones contra las víctimas de trata”.

 

TELAM

 

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