Por el paro, la Corte declaró el 20 de noviembre como «día inhábil»

Es por la falta de medios de transporte que hubo, aunque no perjudica los trámites realizados ese día. La medida rige para los tribunales provinciales y federales de todo el país y prevé «evitar perjuicios a litigantes»

La huelga convocada el pasado martes 20 de noviembre por las centrales obreras opositoras CGT (Azopardo) y CTA disidente junto a agrupaciones de izquierda generó una merma en la actividad diaria.

 

Cientos de trabajadores, aunque no adhirieran al paro, no pudieron llegar a sus puestos laborales por la falta de medios de transporte y el bloqueo de las principales vías de acceso a la Capital Federal.

 

Por eso, mediante la acordada 23/2012, firmada este jueves, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inhábil esa fecha para los Tribunales Nacionales y Federales del país, “sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos”.

 

Según la disposición, “el irregular funcionamiento del transporte público de pasajeros durante el día 20 de noviembre del corriente año, ha afectado la normal concurrencia del público a los tribunales ‘nacionales y federales del país, circunstancia de excepción que justifica tomar las medidas que eviten perjuicio a los litigantes”.

 

Con esta medida, el 20 no se toma en cuenta para calcular los plazos a los cuales deben someterse las partes de acuerdo a las diferentes leyes procesales. Tampoco habrá consecuencias para aquellos letrados que no hayan dejado constancias en el libro de notas -martes y viernes son día de nota en los tribunales-.

 

La efectividad del paro fue motivo de cruces entre el oficialismo y la oposición. Mientras los primeros minimizaron su alcance y lo calificaron de “apriete” y“piquetazo”, los segundos hablaron de una alta adhesión y una jornada exitosa, aunque evitaron dar cifras concretas.

 

La huelga fue motivada por los ya reiterados reclamos de sectores sindicales, relacionados con la suba del mínimo no imponible, la extensión de las asignaciones familiares, el pago a los jubilados del 82% móvil y derogación de la recientemente sancionada ley de ART.

Infobae

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