Nueva financiera multada

La dirección de Comercio Interior, dependiente de la secretaría de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración, ha impuesto una multa de 50 mil pesos a la razón social Compañía Financiera Argentina ,con domicilio en calle Bolívar 1929 de Posadas-, por infracción en los artículos 4º y 36º de la Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor. El motivo de la sanción es por no suministrar información veraz, detallada, eficaz, oportuna y suficiente acerca de los créditos otorgados, su desarrollo y situación posterior y por no cumplir con la documentación respaldatoria de la relación de consumo de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 36 de la citada ley. La norma establece que quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información suficiente sobre la características de los mismos.

La multa deberá abonarse en un plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación.

Las actuaciones comenzaron con un acta de inspección efectuada el día 9 de junio del corriente año, cuando un inspector de la Dirección de Comercio Interior se presentó junto con un consumidor de esa entidad financiera para requerir información sobre el crédito otorgado a ese consumidor. Los datos solicitados eran resumen de cuotas con detalles de pagos realizados, planilla de intereses devengados, saldo del capital adeudado por cada cuota y copia del contrato y documentación. En la ocasión, el jefe de operaciones de la financiera respondió que no contaban con esa información. Se imputa en el acta la presunta infracción y se le otorga a la financiera un plazo de cinco días hábiles para presentar su descargo.

La dirección de Comercio Interior, como autoridad de aplicación en ejercicio del poder de policía comercial que le compete, debe ejercer eficazmente la tarea de contralor haciendo uso de la prevención y del poder sancionador cuando comprueba las infracciones, como en este caso, en defensa de los consumidores. Éstos son el eslabón más débil en las relaciones de consumo y, a su vez, directos beneficiarios de la actividad estatal que tiende a proteger sus derechos con el propósito de garantizar la equidad en las relaciones de consumo que el denominado «mercado libre» no contempla

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