Piñero pidió sentencia de destitución al juez Antonio Reyes, por incumplimiento de sus obligaciones según artículo 140 de la Constitución provincial

El fiscal acusador finalizó su alegato en el juicio político al magistrado de Apóstoles, a quien acusó de «incompetente» y de haber tenido un «accionar arbitrario e ilegal», por resolver un amparo a través de «un expediente trucho», en favor de la firma Touché & Moreno Ocampo, que logró extraer así más de 3 millones de pesos del Banco Macro, dinero que «no podía incautarse ni a Rentas sin seguir la vía establecida en el pliego de bases y condiciones, y en las cláusulas contractuales del contrato de prestaciones y servicios» entre la empresa y la Provincia.

Piñero consideró que "es una estafa del siglo", que Touché haya logrado sacar mediante amparo del juez Reyes más de tres millones de pesos del banco Macro.

Piñero consideró que "es una estafa del siglo", que Touché haya logrado sacar mediante amparo del juez Reyes más de tres millones de pesos del banco Macro.

Piñero sostuvo que, según los testimonios de la investigación, Touché no tenía crédito líquido en el Macro ni en otras entidades donde tiene cuentas, y que «sabía que el contrato con Rentas establecía que cualquier diferencia debía dirimirse en el Superior Tribunal de Justicia».
Y agregó en su relato que esos fondos extraídos «no se van a recuperar jamás porque «se usaron mecanismos para evadir todo tipo de control y seguimiento», y «seguramente sin temor a exagerar en los anales de la historia judicial de Misiones este tema va a figurar como una estafa del siglo».

En otra parte del alegato, el fisca asucador dijo: «Debe resaltarse que los recurrentes han obtenido el resultado perseguido, es decir lograr hacerse de una suma millonaria utilizando vericuetos judiciales, no permitiéndosenos en esta instancia analizar si se ha cometido delito, porque esto no le compete a este tribunal de enjuiciamiento, pero sí, el doctor Reyes ha desplegado una conducta que nos permite asegurar que no ha dado cumplimiento al juramento de práctica prestado al asumir sus funciones, no ha cumplido ni hizo cumplir la Constitución nacional, provincial ni las leyes que en consecuencia se dicten».

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