Gravarán operaciones bancarias y financieras que generen intereses

El Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados un proyecto de reforma del Código Fiscal para que también tributen Sellos las operaciones que generen intereses, las colocaciones en bolsas y compraventa de autos. Advierten que las entidades financieras que no se adapten a las nuevas medidas podrían ser suspendidas

Decisiones. El Ejecutivo le da mayores facultades a Rentas para combatir la evasión de impuestos en la provincia.

Decisiones. El Ejecutivo le da mayores facultades a Rentas para combatir la evasión de impuestos en la provincia.

Ya había dado señales de que las reglas de juego habían cambiado. Los bancos comenzaron a ser investigados y se descubrió que varios de ellos habían evadido sus compromisos con el fisco al no retener impuestos a los Ingresos Brutos en las cuentas de sus clientes por más de 20 millones de pesos desde 2002 a esta parte. Ahora, el objetivo es que algunas operaciones financieras que se realizan a través de las entidades financieras también estén alcanzadas por el gravamen.

El Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados un nuevo proyecto de ley para modificar el código fiscal y darle más facultades a Rentas para conseguir recursos a través del impuesto a los Sellos y la modificación de las alícuotas.

Ahora serán gravadas las operaciones monetarias o financieras que representen entregas o recepción de dinero que devenguen intereses en los bancos que operan en Misiones, aún si son sucursales de entidades domiciliadas en otras provincias. El impuesto será exigible en el momento en que los intereses se debiten, acrediten o abonen.

En los casos de cuentas con saldo alternativamente deudores y acreedores, el gravamen deberá liquidarse en forma independiente.

«El criterio es que cada actor económico tribute lo que le corresponda. El sistema bancario es uno de los artífices necesarios de la década de los 90. Hoy todos los ciudadanos tienen que cumplir con sus obligaciones y ahora están cumpliendo algo que no cumplieron. Los que no se acomoden a esta realidad económica, tendrán sanciones o vamos a pedir al Banco Central la suspensión del ejercicio de la actividad en Misiones», aseguró el director de Rentas, Miguel Arturo Thomas.

Con la nueva ley se gravarán todas las operaciones financieras, incluso aquellas que se realicen por correspondencia, e-mail con firma electrónica o aquellas que operen en bolsas o mercados de valores con una alícuota de 10 por mil (0,010), con 15, la transmisión de la propiedad de automotores de cualquier tipo, motos, embarcacoines y aeronaves y por las operaciones monetarias y financieras se pagará el 30 por mil.

En este caso, estarán exentos los depósitos en cajas de ahorro, cuentas especiales de ahorro y los depósitos a plazo fijo, los créditos concedidos para financiar operaciones de importación y exportación; los adelantos entre entidades bancarias regidas por la ley 21256 y las transferencias entre casas matrices y sucursales de un mismo banco con motivo de sus propias operaciones.

Tampoco estarán alcanzados por el impuesto los créditos en pesos concedidos por los bancos a corresponsales del exterior, los préstamos documentados en vales, billetes, pagarés, contratos de mutuo o reconocimiento de deudas y obligaciones de dar sumas de dinero aunque se otorguen en distinta jurisdicción.

Asimismo, no pagarán este impuesto las escrituras hipotecarias y demás garantías otorgadas en seguridad de las operaciones sujetas al gravamen, aún cuando esas garantías sean extensivas a las futuras renovaciones de dichas operaciones.

En cambio, cuando las entregas o recepciones de dinero que devenguen intereses queden garantizados mediante vales, billetes, pagarés, letras de cambio y órdenes de pago o la firma de fórmulas en blanco de los documentos, se deberá abonar el impuesto.

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