La controvertida cláusula 20

La controversia se generó cuando el periodista, conductor de un programa de debates políticos durante cuatro años, negociaba con Cablevisión el inicio de la quinta temporada. La empresa le envió el contrato para la firma, aunque con una cláusula (la número 20) que de firmarse obligaba al profesional y a sus invitados a no mencionar a Cablevisión, sus empresas vinculadas, controlada o controlantes, ni a sus directivos, personal jerárquico ni dependientes».

Concretamente, establecía que «el productor se abstendrá de verter en el Programa toda manifestación, verbal o de otro tipo, que afecte de cualquier manera la imagen o los derechos de Cablevisión y/o sus empresas vinculadas, controladas o controlantes, sus directivos, gerentes, personal jerárquico en general, dependientes y/o  terceros.

Asimismo el Productor velará para que esta obligación sea cumplida por sus dependientes, contratados y/o cualquier persona que aparezca en el programa. En el caso de que el Productor incumpla la presente obligación (lo cual quedará a criterio exclusivo de Cablevisión) será absoluto y único responsable de los daños que ocasione y el hecho dará derecho a Cablevisión a rescindir la vinculación sin que el Productor tenga derecho a indemnización alguna.  Cablevisión queda facultada a iniciar las acciones legales correspondientes en contra del Productor  y/o del responsable de la manifestación».

 

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