Se realizó en Posadas la II jornada de prevención y sensibilización en el abuso sexual en los niños, niñas y adolescentes

El pasado 11 de noviembre se realizó en Posadas las II Jornadas de Prevención y Sensibilización por el dia Nacional del Grooming , en conjunto con el Colegio de Abogados de la Provincia de Misione.

Es el segundo año que se realiza en Posadas, este año tuvo como organizador al Colegio de Abogados, “somos un grupo de profesionales que venimos trabajando este tipo de Delitos y adentrándonos como Abogados al Derecho Informático “

Concepto de “Grooming”

Como hemos mencionado anteriormente, el acceso casi irrestricto a internet y a las diferentes redes sociales, entre otras facebook, snapchat y twitter, permite que el usuario se exponga al mundo; esto atrae a personas sin malas intenciones, pero también atrae a algunas que se encuentran motivadas para cometer diversos delitos.Entre los distintos delitos que se cometen valiéndose de internet, de acuerdo a estimaciones realizadas por el FBI, los principales son aquellos que tienen contenido patrimonial, seguidos muy de cerca por los delitos sexuales. Entre estos últimos los más comunes son la difusión de pornografía infantil y el grooming, ambos íntimamente relacionados. Cuando hablamos de grooming, hacemos referencia, de acuerdo con la definición de Vaninetti, a “… todas las prácticas desplegadas en línea por ciertos adultos, pederastas y pedófilos, conocidos en la red como ‘groomer’, para ganarse la confianza de un menor fingiendo empatía, cariño, etc. normalmente bajo una falsa identidad de otro menor, con la finalidad de satisfacer sus apetencias sexuales”.

De acuerdo con el manual “DSM” de la “Asociación Estadounidense de Psiquiatría”, la pedofilia es una parafilia en la cual la persona siente un intenso y recurrente deseo y fantasías sexuales hacia niños o niñas que aún no han llegado a la adolescencia. En  cambio, la pederastia es cometer un abuso sexual de un menor. Se colige de lo dicho que el grooming puede tener como autores a aquellos que encuentro sexual tienen como fin concretar un abuso sexual tanto como aquellos que desean inducir a menores a tomarse fotografías con contenido erótico.

Puede tentarse como definición del delito de grooming el despliegue de técnicas y estrategias, por parte de un mayor de edad, valiéndose de la red telefónica, internet y dispositivos electrónicos, con la finalidad de ganar la confianza de menores para obtener información personal e incluso en algunos casos imágenes de contenido sexual, aunque sin que esto último sea un requisito necesario, que permitan extorsionar a la víctima, sea para la obtención de imágenes con mayor contenido explícito o para concretar un encuentro sexual.

Fuente:  http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2018/09/doctrina46963.pdf

*Dra. Claudia Zalesak, Abogada -Docente

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