Abogada pide revisar los procesos de revinculación y escuchar la voluntad de niños y adolescentes: “No siempre la familia de origen es el entorno adecuado”

La abogada Florencia Collinet explicó que el procedimiento debe ser gradual, estar acompañado por equipos interdisciplinarios y priorizar la seguridad y la opinión del niño. Cuestionó la falta de controles efectivos antes de disponer el retorno a entornos familiares donde existieron situaciones de violencia o abandono.

La abogada especialista en derecho de familia Florencia Collinet advirtió sobre las consecuencias de ordenar procesos de revinculación sin controles adecuados y sostuvo que el regreso de un niño a su familia de origen no es obligatorio cuando existen situaciones de violencia, maltrato o abandono.

La opinión surge luego de varios casos en que se conoce que la Justicia en diversos lugares del país, ordena una revinculación, que luego termina en más violencia hacia los chicos, o incluso la muerte, como el reciente caso de la mujer que fue detenida en Villa Gesell, tras la muerte de su tercera hija. Madre a la que en diferentes momentos la justicia le retiraba alguno de sus hijos, pero posteriormente ordenada la revinculación.

Collinet explicó que la revinculación es un proceso legal y psicológico destinado a restablecer el vínculo de niños, niñas o adolescentes con sus familiares. Sin embargo, señaló que la preservación de la familia biológica no puede imponerse por encima de la integridad física y emocional del menor.

“Lo que intentan nuestras leyes es que se mantenga con la familia natural. La revinculación es un proceso legal y psicológico que busca restablecer el vínculo entre la familia de origen del niño, niña o adolescente y sus familiares. Lo que pasa es que estos entornos no siempre son los más adecuados para que vuelvan estos niños”, afirmó.

La especialista remarcó que la revinculación no debe aplicarse de manera automática. Según indicó, cuando se comprueba que un niño fue maltratado o violentado, la Justicia puede apartarlo de ese entorno y disponer otra alternativa de cuidado.

“No es obligatoria. Si ves que hay un niño que está siendo maltratado, que está siendo violentado, podés sacarlo de ese ámbito y reintegrarlo a otra familia”, sostuvo. También cuestionó que, en algunos casos, se priorice el cierre de los expedientes antes que un seguimiento prolongado de la situación familiar.

Collinet afirmó que recibió testimonios de familias de acogida y personas vinculadas con procesos de adopción que relataron las dificultades que atraviesan los niños luego de ser restituidos a sus hogares de origen. De acuerdo con esos relatos, algunos menores regresaron con signos de deterioro físico y psicológico, interrupciones en su escolaridad y problemas de alimentación. La abogada cuestionó que, después de estabilizarlos, se ordene nuevamente su retorno sin verificar que las condiciones familiares hayan cambiado.

“Ellos están cuidando al niño, protegiéndolo de su familia biológica, y la Justicia muchas veces lo saca y se lo lleva con su familia de origen. Vuelven destruidos los chicos, no solamente físicamente sino psicológicamente”, señaló.

Cuestionamientos a los controles

La especialista explicó que, formalmente, los expedientes suelen incluir pedidos de informes ambientales, intervenciones de organismos públicos y evaluaciones psicológicas. Sin embargo, aseguró que en la práctica algunos controles no se realizan de manera presencial ni con la profundidad necesaria.

Hay veces en que los profesionales no encuentran a la familia en su domicilio, entonces ciertos informes se completan mediante comunicaciones telefónicas y con datos aportados por los propios adultos evaluados. “En los papeles mirás los expedientes y están casi perfectos. Van una vez a la casa, no los encuentran, dejan un papel con un número de teléfono para que se comuniquen y ese informe ambiental lo hacen por teléfono”, cuestionó.

También indicó que pueden ordenarse tratamientos psicológicos o intervenciones del cuerpo médico forense que después no se cumplen ni reciben un seguimiento efectivo. La abogada sostuvo que el procedimiento debería comenzar con una evaluación integral del niño y de la persona que busca recuperar el vínculo. Entre los aspectos que deben analizarse mencionó el tiempo transcurrido sin contacto, las condiciones habitacionales, la composición de la familia y el lugar donde permanecerá el menor.

Según Collinet, el acompañamiento debe incluir a profesionales de distintas disciplinas y revisiones periódicas antes de establecer un régimen definitivo. Advirtió que acelerar esos plazos puede impedir que se detecten situaciones de riesgo o el rechazo del propio niño.

La escucha del menor

La especialista también planteó reparos sobre la forma en que se desarrollan algunas audiencias destinadas a escuchar a niños y adolescentes. Afirmó que las actas judiciales pueden indicar la intervención de distintas instituciones, aunque en determinados casos el menor habría sido entrevistado únicamente por personal del juzgado.

“Cuando leés las actas dicen que fue en presencia del juez, del Ministerio Público Fiscal, del Ministerio Pupilar y de la Defensoría de Menores, y resulta que estaba la niña o el niño con un secretario o una secretaria y la persona que estaba tomando el acta, nadie más”, manifestó.

Collinet cuestionó además las restricciones para acceder al contenido de esas declaraciones. Consideró que los abogados que representan a las partes deben conocer lo expresado por el menor cuando esa información resulta necesaria para evaluar su seguridad durante una revinculación.

“¿Quién los va a estar defendiendo si yo no puedo ver el acta? Yo quiero saber, cuando este menor se vaya y conozca a su progenitor, a su progenitora o a la familia, qué sucede y cómo la tratan”, expresó.

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