El abogado y especialista en seguridad vial Luis Di Falco analizó el siniestro fatal en el que murió un soldado tras ser atropellado por un motociclista que realizaba maniobras peligrosas. Explicó las posibles implicancias penales, cuestionó la falta de controles preventivos y pidió reforzar las tareas de fiscalización en las calles.
La muerte del soldado atropellado por un motociclista que realizaba maniobras peligrosas volvió a poner en debate los límites entre un homicidio culposo y uno con dolo eventual. Para el abogado y especialista en seguridad vial Luis Di Falco, la conducta previa del conductor y su accionar posterior al hecho serán determinantes para que la Justicia defina la calificación legal.

El letrado enmarcó el caso en un contexto preocupante para la provincia. «De la semana pasada al lunes tuvimos ocho muertos en todo Misiones por accidente de tránsito», señaló al advertir sobre el incremento de víctimas fatales durante jornadas de alta concentración de personas, como ocurre tras partidos de fútbol.
Según explicó, después de esos eventos suelen aumentar las conductas de riesgo al volante. «La gente sale desesperada después de los partidos a festejar, a gritar. Si gana peor, pero si pierde también mucha gente sale a canalizar su frustración y además conduce rápido. Hay mucho consumo de alcohol y eso facilita que ocurran los accidentes de tránsito», sostuvo.
Al analizar el video del hecho, Di Falco fue categórico respecto de la responsabilidad del motociclista. «El peatón siempre tiene prioridad, esté señalizado o no, cruce bien o cruce mal», afirmó, al tiempo que remarcó que realizar un «willy» constituye una conducta prohibida.
«Venir manejando una moto haciendo willy se llama conducción temeraria. Eso es un agravante y puede encuadrarse como dolo eventual en materia penal», explicó.
En ese sentido, indicó que el juez deberá evaluar todas las circunstancias para determinar la figura jurídica correspondiente. «Acá tiene varias alternativas: puede calificarlo como homicidio culposo o analizar un homicidio con dolo eventual. Cuando aceptás que por tu accionar podés ocasionar un daño, eso cambia la valoración penal», expresó.
Para fundamentar esa posibilidad, recordó que, según las imágenes conocidas, el motociclista perdió el control del vehículo mientras realizaba la maniobra, subió al boulevard y embistió a la víctima. «Como consecuencia de la conducción temeraria que venía realizando, pierde el control del vehículo, sube al boulevard, le pega con la rueda delantera en la cabeza y lo mata», describió.
El especialista también insistió en que este tipo de hechos ya no deben ser considerados simples accidentes. «Cuando decidís violar la ley de tránsito, pasar un semáforo en rojo, conducir temerariamente una moto o manejar alcoholizado, el resultado ya no es un accidente sino un incidente vial. Son decisiones que toma una persona y eso tiene que ser evaluado por la Justicia», afirmó.
Además, consideró que la presunta fuga del conductor representa otro elemento que agravará el análisis judicial. «El hecho de que lo haya chocado y se haya ido, y después hubiera que salir a buscarlo, también es un agravante. Todo eso va a evaluar el juez para definir cómo caratula la causa y con qué elementos será juzgado», explicó.
Cuestionamientos a los controles
Di Falco también cuestionó la falta de prevención durante las celebraciones masivas y sostuvo que los operativos actuales no logran evitar las conductas de riesgo.
«Había personal de la Municipalidad y de la Policía, entre comillas controlando, pero no había controles de ningún tipo. Nadie decía ‘bájense de la camioneta’ o ‘pónganse el casco’. No hubo ningún tipo de control», sostuvo.
En esa línea, consideró que los operativos fijos ya no resultan efectivos. «Los controles estáticos no sirven para nada. Con los grupos de WhatsApp, en cinco minutos todos saben dónde están. Hay que hacer controles dinámicos, salir a buscar los problemas antes de que ocurran y trabajar en prevención», remarcó.
Las posibles penas
Consultado sobre las consecuencias penales que podría enfrentar el motociclista, Di Falco explicó que todo dependerá de la figura que adopte el magistrado.
«Si se trata de un homicidio doloso, la pena va de ocho a veinticinco años y no sale en libertad. Si la causa queda bajo otra calificación, habrá que ver si corresponde o no una excarcelación», indicó.
Agregó que para esa decisión serán relevantes numerosos factores, entre ellos si el conductor permaneció en el lugar, si pidió asistencia médica, si llamó a la Policía, si presentaba alcohol u otras sustancias en sangre o si intentó eludir la investigación.
La obligación de permanecer en el lugar
Finalmente, el especialista recordó cuál es la conducta que impone la ley a cualquier conductor involucrado en un siniestro vial.
«Lo que no hay que hacer es irse. Hay que quedarse, llamar al 911 o al 107 y pedir ayuda. Si no sabés de primeros auxilios, no toques a la víctima. Pero irse del lugar está mal y es un agravante en materia penal», afirmó.
Incluso, sostuvo que, si existe riesgo de agresión por parte de terceros, la persona debe dirigirse de inmediato a una dependencia policial. «Si tenés miedo porque te pueden agredir, vas directamente a la primera comisaría y te ponés a disposición. Lo responsable siempre es quedarse y enfrentar las consecuencias del hecho», concluyó.
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