Preocupación en Paraguay por el destino de “Canela”, la perrita que inspiró una ley antipirotecnia pero que deberá volver con sus antiguos dueños

La jueza de Luque, Carmen Román, ordenó la restitución de Canela a sus propietarios originales tras un incidente con pirotecnia. Esta decisión generó el rechazo de organizaciones protectoras de animales y de la ciudadanía, quienes cuestionan la seguridad del animal y la omisión de cuidados por parte de la familia.

El caso de Canela, la perrita mestiza cuya lesión mandibular impulsó el debate de un proyecto de ley para regular el uso de pirotecnia en el país, sumó un nuevo capítulo en el ámbito legal. La jueza de Luque, Carmen Rosana Román, ordenó la restitución del animal a sus propietarios originales, tras concluir una investigación de seis meses.

Según los considerandos de la resolución judicial, se determinó que las lesiones sufridas por la canina en diciembre de 2025 —causadas por la explosión de un artefacto pirotécnico tipo «cebollón»— ocurrieron fuera del entorno del hogar y no fueron provocadas por sus dueños. El hecho había sido vinculado a la manipulación del explosivo por parte de un adolescente de 17 años en la vía pública. Sin embargo, la decisión de la magistrada generó el rechazo de organizaciones de bienestar animal y de sectores de la ciudadanía. Los cuestionamientos apuntan a un presunto deber de cuidado omitido por parte de los propietarios al momento del incidente.

Desde la organización Olfateando Huellas, encargada del resguardo y de la gestión de las cirugías de reconstrucción del animal, señalaron que la familia original no se presentó a solventar los gastos médicos y postoperatorios derivados de la implantación de la prótesis mandibular.

El equipo médico que realizó la exitosa cirugía a la perrita Canela. Foto: abc Color

Procedimiento y posturas encontradas

La tensión aumentó en las últimas horas, cuando los propietarios originales se presentaron ante el refugio temporal de la canina. Los acompañó un oficial de la Policía Nacional, representación legal y un adiestrador canino, con el objetivo de dar cumplimiento a la orden de restitución. Diana Camarasa, representante de la fundación protectora, manifestó a través de sus canales oficiales su disconformidad con el procedimiento. Calificó la presencia policial y legal en las inmediaciones de su propiedad como una medida de presión. Camarasa informó además que el animal ya no se encontraba en dicho predio y que la situación se canalizará por las vías jurídicas correspondientes.

Imágenes del momento en que ex dueños de Canela acudieron con policías para llevarse a la perrita. Foto: Ultima hora/Captura/Olfateando Huellas.

Por su parte, la jueza Carmen Román recordó la vigencia de la figura legal del desacato. Advirtió que de no cumplirse la orden de entrega, las actuaciones serán remitidas al Ministerio Público para la apertura de una investigación penal. El dictamen judicial también suscitó pronunciamientos en el ámbito institucional. Héctor Rubín, director de la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal, se posicionó en contra de que el animal retorne al mismo entorno geográfico donde ocurrió el incidente.

En la misma línea, parlamentarios como la senadora Lizarella Valiente expresaron su preocupación respecto a las garantías de seguridad para el futuro de la canina. El abogado Diego Tuma anunció que asumirá la representación legal orientada a frenar la ejecución del traslado.

El proyecto legislativo en agenda

De forma paralela al conflicto judicial, el legado administrativo del caso sigue su curso en el Congreso. El diputado José Rodríguez solicitó formalmente que el próximo 30 de junio la Cámara Baja trate el proyecto denominado «Ley Canela», presentado originalmente el pasado 20 de marzo. La propuesta legislativa busca establecer un marco regulatorio integral para la fabricación, comercialización y uso de artefactos pirotécnicos, distinguiendo entre los de carácter visual y sonoro.

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Entre sus puntos principales destacan:

  • Régimen de sanciones: Contempla multas administrativas que oscilan entre los 50 y 500 jornales mínimos (hasta G. 55.751.000), sujetas a la gravedad de la infracción y coordinadas por el Ministerio del Interior y la Dirección de Material Bélico.
  • Restricciones de comercialización: Prohibición de la venta informal, callejera o ambulante, limitando la actividad a locales autorizados. Asimismo, se veta el suministro o venta de estos productos a menores de 18 años.
  • Perímetros de exclusión: Restricción del uso de pirotecnia sonora en un radio menor a 500 metros de centros asistenciales, instituciones educativas, hogares de ancianos y refugios de animales, fundamentado en el impacto sobre personas con hipersensibilidad auditiva y fauna urbana.

El destino final de Canela permanece sujeto a las apelaciones y recursos técnicos que presenten las partes en los próximos días, mientras el Poder Legislativo define si el marco normativo que lleva su nombre se convertirá en ley nacional.

Con información de medios paraguayos.

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