La Legislatura porteña endurece el Código Contravencional: cuidacoches y limpiavidrios podrán ir presos

La Legislatura porteña aprobó una reforma del Código Contravencional que habilita detenciones y eleva las multas para cuidacoches y limpiavidrios. Las penas van desde 10 días hasta 2 meses de cárcel, y las sanciones económicas alcanzan los $1.139.988, además de afectar a clubes y organizaciones vinculadas.

Con el impulso del jefe de Gobierno, Jorge Macri, la Legislatura porteña aprobó una reforma del Código Contravencional. La nueva normativa busca endurecer las sanciones contra cuidacoches y limpiavidrios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta iniciativa habilita detenciones, con penas que van desde los 10 días hasta los 2 meses de cárcel, aumenta las multas y establece sanciones para clubes y organizaciones vinculados con estas prácticas.

Macri celebró la sanción de la norma en sus redes sociales y afirmó: “Si sos trapito, te meto preso. Aprobamos una ley para meter presos a estos delincuentes que se creen dueños de la calle y viven de extorsionar a la gente de bien. Ley y orden”.

El alcalde porteño se diferenció de las gestiones anteriores, las cuales habían establecido solo sanciones económicas para los trapitos. En un video con imágenes alusivas a los cuidacoches y testimonios de personas afectadas, Macri expresó: “Dejaron que esta mafia se apropiara de las calles. Dejaron que una banda de extorsionadores decidiera dónde podías estacionar. Ya no hay más advertencia. ¿Sos trapito? Te meto preso».

La Ley 6961 amplía las facultades de control del Gobierno porteño y de la Policía de la Ciudad. Esta fuerza podrá detener a quienes se apropien del espacio público y extorsionen a vecinos durante eventos masivos o en la vía pública. La reforma, que obtuvo 36 votos afirmativos, se consensuó con legisladores de distintas fuerzas políticas.

Entre mayo de 2023 y mayo de 2024, se registraron 13.149 contravenciones vinculadas con estas prácticas. Hasta ahora, las sanciones se limitaban a multas que Jorge Macri consideró “incobrables”. El jefe de Gobierno sostuvo: “¿Cuánto le importa una multa a un trapito? Se le ríen en la cara a la Policía”. Además, aseguró que la nueva norma implica “tolerancia cero” contra esa práctica.

Nuevas penas y multas

El texto de la ley explica que el esquema de penalizaciones económicas vigente era insuficiente. La baja entidad de las sanciones favorecía la repetición de la conducta y minaba la convivencia urbana. Ahora, la normativa distingue entre infractores ocasionales y quienes organizan o coordinan el cobro ilegal. También establece agravantes para casos de intimidación, vulnerabilidad o persistencia.

El nuevo régimen fija penas diferenciadas según el tipo de infracción y el contexto en que se cometa. En eventos masivos, cuando se demuestre organización previa o existencia de bandas, la detención será de 20 a 50 días. Para quienes cuiden coches de manera ilegal en cualquier calle, la detención será de 10 a 30 días. Los jefes, organizadores o promotores podrán recibir hasta 60 días de cárcel.

Las penas se duplicarán en situaciones de violencia, acoso o cuando se aproveche la vulnerabilidad del conductor o el entorno. El artículo 1 estipula que, si la conducta incluye intimidación, persistencia o desigualdad de género, la sanción se duplicará respecto de los mínimos y máximos previstos.

Los días de trabajo comunitario se amplían de dos a 20 a 45 días. Por su parte, las multas pasan de un rango de $50.000 a $285.000 a partir de $1.139.988 (de 1.200 a 7.000 UF).

El juez interviniente en una detención tendrá que poner en conocimiento de los infractores la oferta de programas de asistencia a cargo del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, o el organismo a cargo. Sin embargo, la normativa refuerza una línea dura: quienes lideren o promuevan la actividad podrán ser excluidos de los programas estatales por dos años, en un intento de desalentar la repetición.

Alcance y responsabilidades

La prohibición y las nuevas penas se aplicarán a cualquier evento realizado en la Ciudad, no solo a los deportivos o artísticos masivos. El área de control se amplía hasta 50 cuadras a la redonda del evento. El horario de prohibición se extiende desde seis horas antes del inicio hasta tres horas después del final.

Si se comprueba la participación directa o indirecta de integrantes de clubes, instituciones u organizadores en la actividad ilegal, el Gobierno de la Ciudad podrá duplicar las multas, que pasarán de 10.000 UF a 20.000 UF (de $10 millones a $20 millones aproximadamente). Las clausuras preventivas subirán a un máximo de 90 días, frente a los 30 días previos.

La reforma parte del diagnóstico de que el fenómeno del “trapito” dejó de ser un “mero ofrecimiento informal”. Según lo aprobado, en muchas ocasiones la conducta involucra presión o intimidación directa. De esta manera, los conductores se ven forzados a pagar para evitar conflictos o represalias, en zonas que llegan a funcionar como “territorios” tomados por quienes ejercen el rol de cuidacoches.

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