Reforma laboral | El Gobierno intimará a empresas y sindicatos a renegociar 150 convenios colectivos vencidos y busca impulsar el “salario dinámico”

El Gobierno, a través de la Secretaría de Trabajo, intimará a empresas y sindicatos a renegociar 150 convenios colectivos de trabajo que ya vencieron. Esta medida forma parte de la reglamentación de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que también busca promover el “salario dinámico” y la creación de sindicatos de empresa.

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo conducida por Julio Cordero, notificará formalmente este lunes a las principales cámaras empresarias y cúpulas sindicales la obligación legal de readecuar un paquete inicial de 150 convenios colectivos de trabajo que se encuentran vencidos. Respaldado por la nueva legislación, el Gobierno libertario dinamitó de forma definitiva el principio histórico de «ultraactividad», el cual garantizaba la vigencia automática e indefinida de un convenio vencido hasta que se firmara uno nuevo para evitar que los empleados perdieran derechos adquiridos.

Con las nuevas reglas de juego, si bien se respetan temporalmente las condiciones de trabajo esenciales (cláusulas normativas), todas las cláusulas «obligacionales» —como los millonarios aportes especiales y las cuotas solidarias que las empresas retenían para financiar las cajas sindicales— caen de forma automática al expirar el almanaque.

Para la Confederación General del Trabajo (CGT), la medida representa una «aniquilación de los derechos adquiridos y una precarización masiva». En la vereda opuesta, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, defendió el avance oficial argumentando que el sistema arrastraba convenios negociados «hace más de 50 años, vencidos y firmados por partes que en muchos casos ya ni existen».

Los tres pilares de la flexibilización laboral

El plan de modernización que se pone en marcha esta semana introduce tres herramientas disruptivas diseñadas para descentralizar la economía real:

  • El debut del «salario dinámico»: Regulado en el artículo 104 bis, faculta a las empresas a incorporar plus salariales adicionales, fijos o variables, basados estrictamente en el «mérito personal» y en la productividad de la compañía. Se busca sepultar los aumentos automáticos por inflación. En la actividad petrolera de Vaca Muerta, por ejemplo, ya se analiza un esquema donde los sueldos suban o bajen de manera flexible según la cotización internacional del barril de crudo.

  • Boom de sindicatos de empresa por sobre los nacionales: La reforma dictaminó la supremacía de los convenios de ámbito menor (regionales o por empresa) por encima de los grandes acuerdos por actividad, incluso si el resultado final es menos favorable para el operario. Además, para restarle el monopolio a los históricos «gordos» de la CGT, la reglamentación bajó drásticamente del 20% al 5% el umbral de afiliados necesarios para que un nuevo sindicato interno de empresa pueda tramitar su personería legal y disputar la representación de los trabajadores.

  • Activación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Comienza la transición hacia el nuevo sistema de cese laboral (estilo fondo de desempleo de la construcción), mediante un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo que reemplaza la doble indemnización tradicional para limitar la litigiosidad judicial y potenciar el mercado de capitales.

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Transporte sin cargas impositivas y créditos directos por recibo

Desde la Secretaría de Trabajo manifestaron su malestar debido a que las pymes del interior aún no están aplicando dos beneficios económicos inmediatos incluidos en el articulado de la Ley 27.802: Por un lado, se habilitó el reintegro directo con comprobantes de los gastos en transporte público que realice el empleado para asistir a su puesto. La ventaja es que ese dinero puede ser devuelto en su totalidad por el empleador sin que sea considerado «salario», quedando exento de cargas patronales, aguinaldo o futuras bases indemnizatorias. Por el otro, se modificó el artículo 132 de la Ley de Contrato de Trabajo, permitiendo que las cuotas de préstamos bancarios sean descontadas directamente del recibo de sueldo (previo consentimiento). Al tener el cobro garantizado, las entidades financieras están obligadas a ofrecer tasas de interés considerablemente más bajas para los trabajadores.

El único freno obligatorio: las plataformas digitales El «triunvirato económico» de la Casa Rosada resolvió excluir de este decreto la regulación de los repartidores y choferes de aplicaciones de delivery (como Rappi o Uber). El Gobierno decidió congelar este capítulo a la espera de las resoluciones de la conferencia anual de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que sesionará este mes en Ginebra, Suiza, para acoplar la normativa argentina a los estándares globales.

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