Qué es el sobreendeudamiento inducido, la trampa del sistema financiero que asfixia a las personas vulnerables

El escenario económico actual está marcado por un preocupante aumento de la morosidad. Esta situación es palpable a nivel nacional, donde las demoras en las cajas de las casas de electrodomésticos se han vuelto frecuentes debido a la cantidad de clientes que necesitan calcular cuántas cuotas adeudan de sus créditos a sola firma.

 

A su vez, las entidades bancarias modificaron sus protocolos frente a la crisis: ante las quejas de clientes que no pueden afrontar sus resúmenes tras recibir aumentos en sus márgenes de crédito, ahora exigen la firma de múltiples documentos para deslindarse de responsabilidades y probar que fue el usuario quien solicitó dicha ampliación.

En este complejo contexto, los abogados Carlos Piñeiro (MF 637) y Florencia Collinet (MP 4187) explicaron en el programa de streaming Día Siete, transmitido por Misiones Online, los pormenores del “sobreendeudamiento inducido”, una problemática que estalló a nivel nacional y que afecta especialmente a la población vulnerable, como jubilados y docentes.

“El sobreendeudamiento inducido ocurre cuando a través de múltiples plataformas digitales se ofrecen créditos muy fácil acceso, créditos preacordados, donde con un doble clic el usuario puede acceder al mismo. Entonces, no hay un control de la capacidad de pago, de repago de la persona que toma el crédito, y luego se le torna imposible el pago”, dijo Piñeiro.

Esta problemática se agrava debido a la escasa transparencia sobre las condiciones reales y los costos financieros totales del servicio contratado. “No se establece cuánto es su costo financiero total que va a tener, simplemente se le dice tipo publicidad engañosa, cuota fija en pesos, pero luego se recargan un montón de cargos extras, de gestión, de cobranza, de seguro, y la cuota se torna impagable. Tampoco les dicen cuál es el índice que van a aplicar para actualizar ese monto”.

Las plataformas financieras apuntan deliberadamente a los sectores demográficos más desprotegidos, aprovechando la actual desregulación estatal para institucionalizar estas prácticas. “Viene a través de esas plataformas y le llega, sobre todo a la población vulnerable de la tercera edad, en horarios de 3 de la mañana, 5 de la mañana, doble clic, aceptan sin mayor información y ya tienen el crédito. Y nosotros decimos que está institucionalizado porque hay un corrimiento del Estado, el Poder Ejecutivo permitió desregular el tema de las tasas y la forma de dar los créditos”, afirmó el abogado.

Un caso paradigmático de la actualidad involucra a un jubilado que, intentando saldar una obligación inicial, fue empujado sistemáticamente a tomar múltiples préstamos hasta multiplicar exponencialmente su pasivo. “Él tomó en total en una entidad bancaria privada le dieron un primer crédito UVA de $1.500.000 para refacción de su vivienda. Ese millón y medio de pesos no lo pudo pagar y le dieron un segundo crédito, le dijeron, ‘Quédense tranquilo, que nosotros con el segundo crédito le cubrimos el primero’. Tampoco lo pudo pagar, le dieron un tercero, un cuarto, un quinto, un sexto, en el séptimo, él dice, ‘No, pero esto se me está haciendo una bola de nieve’”.

Las entidades financieras aplican mecanismos técnicos de capitalización de intereses que vuelven a las deudas matemáticamente inabarcables para los usuarios de buena fe. “Además, hay lo que se denomina anatocismo, que es la capitalización del interés, donde inflan el capital adeudado, poniendo los intereses dentro del capital, generando un capital mayor, para que le dé un interés mayor, lo vuelven a acumular y así sucesivamente van haciendo una mamushka, una bola de nieve”, indicó.

Frente a los atrasos acumulados, los bancos ejecutan retenciones compulsivas sobre los haberes previsionales, vulnerando los límites legales y dejando a los afectados sin recursos básicos para subsistir. “El hombre recibe su haber previsional en el Banco Nación y ya le retienen más del 50%. Pero además, por una tarjeta que le da el propio banco, también muy conocida, una de las más difundidas, en vez de cobrarle un monto mínimo o que él elija cuánto va a pagar, le descuentan todo lo que podían”.

Ante esta profunda disparidad de fuerzas, los abogados recurrieron a la normativa de protección al consumidor para exigir que los acuerdos se ajusten a parámetros económicos reales y justos. “Usemos la Ley de Defensa al Consumidor y pusimos estas asimetrías que hay desde ese poder dominante que tienen los bancos a negociar en una forma coherente, pero primero establezcamos cuánto es la deuda. Hay que volver al primer crédito y establecer que en vez del UVA como valor de actualización, como referencia, hay que establecer el índice del salario”.

Además del severo perjuicio económico, las agencias de cobranza ejercen una presión indebida utilizando canales digitales para hostigar al deudor y a su entorno cercano. “No solo por teléfono, sino que mandan mail a los vecinos, a los amigos. Eso la Ley de Defensa del Consumidor le dice trato indigno, está prohibido”.

Si la justicia no frena estos abusos mediante la normativa de consumo, la última alternativa legal para los afectados es declarar su incapacidad total de afrontar las obligaciones mediante un proceso falencial.

“Si eso no se logra, vamos al plano civil y comercial y decimos, ‘bueno, decreten la quiebra porque esta persona no puede pagar’. Es la muerte civil de una persona por un período determinado. Es decir, donde vos decís, ‘bueno, no puedo afrontar mis deudas’, yo como persona humana, no comerciante, me presento a la quiebra como se presentaría una empresa”, concluyó.

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