La Ley 27.801 fue oficializada mediante su publicación en el Boletín Oficial. La norma establece un nuevo sistema de penas para adolescentes que cometen delitos, prioriza la resocialización y reconoce derechos específicos para las víctimas.
El Gobierno nacional promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil, luego de que el proyecto fuera aprobado por el Senado durante las sesiones extraordinarias. La medida quedó formalizada a través del decreto 138/2026, publicado en el Boletín Oficial durante la madrugada, lo que convirtió a la iniciativa en ley.
La norma, identificada como Ley 27.801, introduce una modificación central en el sistema penal juvenil argentino: reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. De esta manera, adolescentes a partir de esa edad podrán ser juzgados penalmente por la comisión de delitos.
El proyecto había sido aprobado en la Cámara alta con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención. Con su promulgación, el oficialismo consolidó una de las reformas más relevantes impulsadas en el Congreso durante el período de sesiones extraordinarias.

Nuevo sistema de penas para adolescentes
La legislación establece que el régimen de sanciones para menores de edad deberá tener como eje la educación y la resocialización, con el objetivo de facilitar la reintegración social de los adolescentes que hayan cometido delitos.
En ese sentido, el texto señala que las medidas aplicadas deben orientarse a que el joven imputado pueda comprender la gravedad del hecho cometido, arrepentirse y construir un futuro con integración social y laboral.
Además, la ley determina que la privación de la libertad debe utilizarse únicamente como último recurso y por el tiempo más breve posible. También prohíbe la aplicación de penas perpetuas o de carácter indefinido, así como la imposición de antecedentes penales permanentes para los adolescentes.
Respecto de las medidas restrictivas durante el proceso judicial, la normativa establece que cualquier decisión que implique limitar la libertad del imputado debe estar debidamente fundamentada y basada en riesgos procesales comprobados.
Lugares de detención y proceso judicial
En caso de que resulte necesario el encierro de un adolescente, la ley dispone que el alojamiento deberá realizarse en establecimientos especialmente acondicionados y bajo la supervisión de personal capacitado para trabajar con menores.
Asimismo, queda prohibido que los adolescentes detenidos compartan espacios de alojamiento con personas adultas.
La normativa también fija que los procesos judiciales deben tramitarse con rapidez, especialmente cuando el imputado se encuentre detenido con prisión preventiva. Según el texto, una dilación injustificada en el trámite del caso podrá considerarse una falta grave del magistrado interviniente, lo que habilitará la remisión de antecedentes al ámbito disciplinario correspondiente.
En el caso de menores inimputables, la ley prevé la intervención judicial para investigar los hechos y aplicar medidas de carácter curativo o protector, bajo la órbita de la justicia civil.
Además, el régimen establece la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil, con el objetivo de garantizar un abordaje adecuado de este tipo de causas.
Reconocimiento de derechos para las víctimas
La Ley 27.801 también incorpora un apartado específico destinado a los derechos de las víctimas de delitos cometidos por adolescentes.
El texto dispone que los intereses de las personas perjudicadas deben ser garantizados durante todo el proceso penal juvenil. Entre otros aspectos, se reconoce el derecho de las víctimas a ser informadas sobre el avance de la causa, participar en las etapas procesales y acceder a mecanismos de reparación.
Asimismo, la normativa contempla la posibilidad de exigir responsabilidad civil a los padres o responsables legales del adolescente, quienes podrán responder patrimonialmente por los daños ocasionados en los términos que establezca la sentencia judicial.
La ley también habilita instancias de conciliación o mediación, siempre que la víctima otorgue su consentimiento de manera libre e informada y que el tipo de delito lo permita. Estas herramientas buscan resolver conflictos mediante mecanismos restaurativos sin afectar los derechos de las personas damnificadas.
«El encierro para menores ha fracasado». Exmagistrado César Jiménez critica la baja de imputabilidad: «Es obstinación política», la salida es justicia restaurativa. ⚖️ Propone mediación y trabajo familiar. https://t.co/hyR2hhPgDe #JusticiaJuvenil #ReformaPenal #Imputabilidad pic.twitter.com/JiMrXGW7sB
— misionesonline.net (@misionesonline) February 27, 2026

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