El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad tras un fallo judicial: qué cambia desde ahora

La norma, aprobada por el Congreso en 2025, fue puesta en marcha mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial luego de que la Justicia ordenara su aplicación inmediata. Estará vigente hasta fines de 2026 y redefine pensiones, auditorías y mecanismos de control.

El Gobierno nacional oficializó este miércoles la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, una norma sancionada por el Congreso en julio de 2025 que hasta ahora no había sido aplicada de manera efectiva. La decisión se concretó tras una orden judicial que obligó al Poder Ejecutivo a ponerla en marcha, luego de haber quedado frenada por motivos presupuestarios.

La reglamentación se instrumentó a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial, y fija el marco operativo de la Ley 27.793, que declara la emergencia en materia de discapacidad. La vigencia de la norma se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, con la posibilidad de una prórroga por un año adicional.

La activación de la ley se produjo luego de un fallo del juez federal de Campana Adrián González Charvay, quien declaró inválido el artículo que supeditaba la aplicación de la norma a la disponibilidad de partidas presupuestarias. El magistrado sostuvo que esa condición resultaba incompatible con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado y advirtió que el desfinanciamiento ponía en riesgo tratamientos esenciales para personas con discapacidad.

Aunque el Ejecutivo apeló la sentencia, la Justicia habilitó la feria judicial para supervisar su cumplimiento y exigió informes al Ministerio de Salud. A comienzos de enero, la cartera conducida por Mario Lugones había informado avances administrativos, pero aclaró que la aplicación no sería inmediata. Con la publicación del decreto, el Gobierno formalizó finalmente el proceso.

Cambios clave en pensiones y controles

Entre los puntos centrales de la reglamentación se encuentra la creación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, que define criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades y procedimientos administrativos. Además, establece mecanismos de auditoría y control para el sistema.

Las pensiones otorgadas con anterioridad a la ley serán convertidas de oficio en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará un proceso de identificación y verificación de las prestaciones alcanzadas.

La norma también refuerza el rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad, ahora bajo la órbita del Ministerio de Salud, y dispone la convocatoria al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica. En ese marco, se fijó un plazo de 30 días para presentar un plan de auditorías periódicas.

Participación institucional y alcance federal

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y del ministro de Economía Federico Sturzenegger. En los considerandos, el Ejecutivo aclaró que dicta la reglamentación sin reconocer hechos ni derechos ni convalidar los fundamentos del fallo judicial, aunque avanza para dar operatividad a la ley.

La reglamentación ratifica los mecanismos de consulta y participación a través del Consejo Federal de Discapacidad, el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, el Comité Asesor, el Consejo de Articulación de Programas y el Observatorio de la Discapacidad. También establece esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

Según el texto oficial, el objetivo es precisar los aspectos operativos y administrativos, ordenar los criterios de implementación y fortalecer los controles en un área sensible, cuya emergencia fue reclamada durante meses por organizaciones y familiares de personas con discapacidad.

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