El Presidente modificó la Ley para el Personal Militar y autorizó a uniformados del cuadro permanente a ocupar cargos públicos no electivos. La medida quedó plasmada en el Decreto 58/2026 y fue acompañada por nuevas designaciones en el Ministerio de Defensa.
El presidente Javier Milei modificó por decreto la Ley para el Personal Militar y abrió la posibilidad de que más integrantes de las Fuerzas Armadas accedan a cargos públicos no electivos. La decisión quedó formalizada en el Decreto 58/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial y firmado por el mandatario, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Defensa, el teniente general Carlos Alberto Presti.
La norma introduce cambios en el artículo 18 de la Ley 19.101 para el Personal Militar y establece los requisitos que deberán cumplir los uniformados del cuadro permanente para desempeñar funciones públicas. Según el decreto, el personal militar podrá ejercer cargos no electivos siempre que haya sido designado por el Poder Ejecutivo Nacional u otra autoridad competente, con autorización previa del jefe del Estado Mayor General correspondiente.
La reforma también dispone que los oficiales, suboficiales y voluntarios del cuadro permanente continuarán amparados por el régimen militar mientras presten servicios en organismos del Ejército, en funciones específicas del Consejo de Defensa Nacional, en el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas o en la Casa Militar de la Secretaría General de la Presidencia, así como en comisiones propias del servicio militar.
Otro de los puntos destacados del decreto es la posibilidad de que el personal militar designado en cargos públicos pueda mantenerse apartado de su función de origen por un plazo máximo de dos meses desde su nombramiento. Además, se habilita la continuidad de la carrera militar y de los beneficios previsionales para aquellos que asuman cargos dentro del Ministerio de Defensa fuera de la estructura estrictamente militar, con el objetivo de evitar perjuicios en el cómputo de años de servicio y en el cálculo del retiro.
El régimen alcanzará únicamente a quienes no hayan obtenido el grado máximo dentro de su fuerza, ya que una vez alcanzado ese rango no es posible acceder a nuevos ascensos ni modificar la situación previsional. Asimismo, se estableció la incompatibilidad entre el desempeño de funciones operativas en las Fuerzas Armadas y cargos en el Ministerio, por lo que un militar no podrá ejercer ambas tareas de manera simultánea.
Tras la modificación de la ley, el Gobierno avanzó además con nuevas designaciones en el Ministerio de Defensa, mediante el Decreto 60/2026, con efecto retroactivo al 10 y 11 de diciembre de 2025. En ese marco, se oficializaron las salidas de Juan Erardo Batalleme Martínez, Facundo Benjamín Fernández Lagostena y Guillermo Patricio Madero de distintas áreas estratégicas de la cartera.
En su reemplazo, fue designado el general de división Jorge Alberto Puebla al frente de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares; el teniente coronel retirado Daniel Enrique Martella en la Secretaría de Asuntos Internacionales para la Defensa; el general de brigada Carlos Horacio Martín en la Subsecretaría de Planeamiento Operativo y Servicio Logístico de la Defensa; y el coronel Ariel Andrés Mira Peña como subsecretario de Gestión Administrativa.
Las medidas forman parte de una reorganización del área de Defensa impulsada por el Gobierno nacional, que apunta a fortalecer la conducción civil-militar y ampliar la participación de personal uniformado en la gestión pública.








