El Senado debatirá este viernes el proyecto de Inocencia Fiscal impulsado por el Gobierno nacional, una iniciativa que busca elevar de manera sustancial los montos a partir de los cuales se configura el delito de evasión tributaria y que incluye cambios clave en el Régimen Penal Tributario, además de una fuerte discusión en torno a las multas automáticas que aplicará la ARCA.
Este viernes está previsto que el Senado de la Nación Argentina trate el proyecto de Inocencia Fiscal, una de las iniciativas centrales del gobierno de Javier Milei, en paralelo al debate del Presupuesto 2026. La propuesta apunta a elevar los umbrales a partir de los cuales un contribuyente queda alcanzado por el Régimen Penal Tributario y busca incentivar la declaración de los llamados “dólares del colchón”, adquiridos en el mercado informal durante los años de restricciones cambiarias.
El Ejecutivo considera esta ley como una señal hacia el mercado y como un instrumento para ordenar el frente fiscal y financiero. En ese marco, el ministro de Economía, Luis Caputo, calificó el proyecto como “fundamental para que la economía ‘continúe creciendo al ritmo del 6%’”. La iniciativa introduce modificaciones no solo en el Régimen Penal Tributario, sino también en el Código Civil y Comercial y en el Régimen de Procedimiento Tributario, con el objetivo de brindar garantías legales a los contribuyentes frente a eventuales procesos penales en futuras administraciones.
Según explicó Martín Caranta, socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, la evasión impositiva pasa a ser delito a partir de los 100 millones de pesos. “La evasión simple se configura con un mínimo de $100 millones, pero, en rigor, no todo lo que supera ese importe es evasión, porque la evasión tiene dos conceptos: uno, que es la condición objetiva, que es superar el piso que impone la ley, y otra es la cuestión subjetiva, es decir, haber transgredido una obligación impositiva”, detalló.
En el caso de la evasión agravada, el proyecto eleva el monto mínimo a $1.000.000.000, frente a los $15.000.000 vigentes hasta ahora. Sin embargo, si intervienen personas físicas, jurídicas, estructuras legales o jurisdicciones que dificulten identificar al responsable, el umbral se incrementa de $2.000.000 a $200.000.000. Ese mismo monto se aplicará cuando se utilicen de forma fraudulenta exenciones u otros beneficios fiscales. A su vez, si se emplean facturas o documentos falsos, la evasión agravada se configura por encima de los $100.000.000, cuando hasta el momento el piso era de $1.500.000.
Sobre este punto, Noelia Girardi, gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, sostuvo: “El problema es que muchos de esos montos llevan años sin actualizarse y hoy se encuentran claramente desfasados respecto de la realidad económica. El proyecto de Inocencia Fiscal propone elevar de manera significativa los umbrales previstos en la Ley Penal Tributaria”. Además, precisó que “conceptos que no dependen de montos, como la insolvencia fiscal fraudulenta o la alteración de registros, no sufren modificaciones”.
En la misma línea, el contador Marcos Felice coincidió en que las modificaciones eran necesarias debido a que los topes anteriores habían quedado obsoletos y prácticamente cualquier contribuyente podía quedar involucrado en una causa por evasión. No obstante, advirtió que “el único tema es que, con lo que se tardó en sacar la ley, ya los montos propuestos quedaron desfasados con la inflación del año, ya que el primer ajuste sería en enero de 2027”.
Uno de los puntos más controvertidos del proyecto es el esquema de multas automáticas. De aprobarse la ley en los términos actuales, estas sanciones experimentarían un incremento superior al 110.000%. Según explicaron especialistas en materia tributaria, a modo de ejemplo, la multa prevista en el artículo 38, que hoy es de $200 para personas físicas, pasaría a $220.000, mientras que para personas jurídicas la sanción se elevaría de $400 a $440.000.
Ante las críticas generadas, Caputo anticipó que, si el proyecto es aprobado, no se aplicarán sanciones automáticas a quienes no presenten sus declaraciones juradas en término. El ministro explicó que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) notificará previamente al contribuyente, otorgándole la posibilidad de regularizar la situación antes de imponer una multa.
“Hablé con el equipo de ARCA y van a trabajar en la reglamentación de una solución que irá en el siguiente sentido: en cuanto ocurra el vencimiento del plazo para presentar la DDJJ, en vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles. Una vez transcurrido ese plazo, recién ahí se va a intimar y aplicar la multa”, detalló Caputo en su cuenta oficial de X.
Y agregó: “Lo importante es que ARCA va a merituar la cantidad de días de demora en la presentación, para aplicar una multa menor, según el caso, y de este modo poder distinguir los incumplimientos frecuentes, de aquellos ocasionales, y no aplicar automáticamente una medida inflexible”.
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— misionesonline.net (@misionesonline) March 18, 2024

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