La Justicia ordenó la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad

La Justicia dictaminó la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad, invalidando el Decreto 681/2025 que suspendía su ejecución. Esta decisión tiene un efecto expansivo sobre los derechos de las personas con discapacidad y reafirma los límites a la discrecionalidad del Ejecutivo.

El Juzgado Federal de Campana ordenó al Gobierno Nacional la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad. El juez Adrián González Charvay declaró inválido el Artículo 2° del Decreto 681/2025, que había suspendido la ejecución de la ley a la espera de que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento. Esta sentencia pone fin a la pausa impuesta por el Poder Ejecutivo y tiene un impacto significativo en las personas con discapacidad, sus familias y proveedores de servicios.

Un fallo con efecto expansivo

El conflicto se originó cuando el Poder Ejecutivo suspendió la ejecución de la Ley 27.793, alegando la falta de especificación de fondos por parte del Congreso. Sin embargo, el Congreso había sancionado la ley para declarar la emergencia en discapacidad hasta 2027, desestimando el veto presidencial por razones fiscales. La justicia sostuvo que el Ejecutivo no puede condicionar la vigencia de una ley aprobada por insistencia parlamentaria, subrayando la supremacía constitucional.

La causa, impulsada por padres de menores con discapacidad y apoyada por diversas asociaciones, denunció que la suspensión de la ley perpetuaba el desfinanciamiento de servicios esenciales. El Ministerio de Salud defendió el decreto, advirtiendo sobre riesgos fiscales. Sin embargo, el fallo judicial enfatizó la obligación del Estado de adoptar medidas de acción positiva para grupos vulnerables y recordó que el Congreso había facultado al Ejecutivo para realizar ajustes presupuestarios necesarios.

Implicancias del fallo

El juzgado determinó la invalidez del Artículo 2° del Decreto 681/2025, ordenando la aplicación inmediata de la Ley 27.793. La sentencia representa un precedente en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad y refuerza los límites constitucionales sobre la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en materia de derechos sociales. El fallo destaca la necesidad de una protección reforzada para personas en situación de vulnerabilidad, como niños y adultos mayores con discapacidad.

El Gobierno nacional apelará el fallo que ordenó aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad: considera que esta decisión “invade” sus atribuciones

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