El juez federal Sebastián Casanello desestimó este miércoles el planteo presentado por la defensa de Diego Spagnuolo, que había pedido declarar la nulidad de una resolución clave en la causa ANDIS y el sobreseimiento del exfuncionario. El expediente investiga presuntos hechos de corrupción en el organismo y se apoya, entre otros elementos, en una serie de audios cuya validez fue cuestionada.
Los abogados defensores, Mauricio D’Alessandro y Pablo Parera, solicitaron anular la resolución del 21 de agosto de 2025 y todos los actos posteriores. Argumentaron que la investigación se sustentó en audios “adulterados y de origen ilegítimo”, a los que atribuyeron “ausencia de metadatos, fragmentación, microcortes y diferencias acústicas”. Incluso plantearon la posibilidad de que hubiera “voz sintética generada por inteligencia artificial”, lo que, según sostuvieron, comprometería la autenticidad del material y sugeriría una interceptación ilegal.
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También cuestionaron que no se hubiera realizado una verificación técnica oficial al incorporar esos registros a la causa y remarcaron que tanto los dictámenes del Ministerio Público Fiscal como las medidas posteriores se apoyaron en ese contenido. En consecuencia, pidieron que se declare la nulidad de todo lo actuado y se sobresea a Spagnuolo bajo la doctrina del “fruto del árbol envenenado”.
Para Casanello, el planteo ya había sido resuelto
En su resolución, Casanello recordó que el mismo cuestionamiento ya había sido tratado y rechazado en septiembre de 2025, cuando la defensa de otros imputados —los hermanos Kovalivker— presentó objeciones similares. En aquel momento, el juzgado determinó que la denuncia inicial era válida, que no se acreditó una violación concreta a la intimidad y que las nulidades procesales deben interpretarse con un criterio restrictivo. También señaló que ese incidente fue apelado y actualmente se encuentra en estudio en la Cámara Federal.
El magistrado sostuvo que el nuevo pedido de Spagnuolo “reproduce los mismos argumentos, agravios y cuestionamientos ya evaluados y resueltos” y que no se aportó ningún hecho nuevo que justificara reabrir el análisis. Por esa razón, rechazó “in limine” el planteo de nulidad y sobreseimiento, al concluir que no superaba el estándar mínimo de admisibilidad y que no demostraba un perjuicio concreto. Admitirlo —advirtió— implicaría dictar resoluciones contradictorias dentro del mismo proceso.
Con esta decisión, la causa ANDIS continuará mientras la Cámara Federal analiza el incidente de nulidad previo. El informe pericial presentado por la defensa será evaluado en la etapa procesal pertinente, pero por el momento no modifica el encuadre jurídico del expediente ni altera la hoja de ruta definida por el juzgado.
Fuente: TN
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— misionesonline.net (@misionesonline) March 18, 2024

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