La Justicia provincial declaró arbitraria la retención del auto a un chofer de aplicación en Puerto Iguazú: “Es una actividad privada”

La Justicia Civil y Comercial de Eldorado declaró arbitrario el secuestro del vehículo de un chofer que trabajaba con aplicaciones de viajes y estableció que la actividad se rige por normas de derecho privado. El abogado del conductor, Fabián De Sá, explicó los alcances de la sentencia.

Entrevista Radio República

El abogado Fabián De Sá, abogado de Puerto Iguazú, repasó el caso que derivó en un fallo relevante para el debate sobre el funcionamiento de aplicaciones de transporte en Misiones.

Según relató, la situación comenzó cuando un conductor llevó a dos turistas daneses hacia la zona primaria de aduana y agentes municipales lo detuvieron y se lo llevaron al corralón.

El profesional recordó que el hombre llegó a su estudio “de una forma desesperada, asustada, impactada”. Contó que el cliente le dijo que “desde la aduana, zona primaria, porque iba con dos ciudadanos de Dinamarca en la aduana, lo frenan, lo obligan a llevar hasta el corralón municipal su vehículo y ahí lo alzan a una grúa”.

Añadió que, mientras ocurría eso, el conductor se trasladó en taxi o en alguna aplicación hasta el estudio jurídico para pedir asistencia. De Sá afirmó que se acercó al lugar y explicó la situación a los inspectores pero “obviamente no entendieron, nunca entienden”.

Incluso relató que dialogó con el jefe de Tránsito y con el juez de Faltas, aunque en ese momento no obtuvo respuestas inmediatas.

Tal vez te interese: Posadas | En medio de la tensión entre taxistas y choferes de Uber, desde la Municipalidad destacan que intensificaron los controles a todo tipo de vehículos

El vehículo fue liberado más tarde, pero el caso avanzó hacia la Justicia porque las multas aplicadas seguían vigentes. “El juez aplicó las multas por supuesto traslado ilegal de pasajeros y ahora lo que hace la Justicia es decir ‘No, esa multa, el procedimiento y todo lo que hicieron es arbitrario, eso no compete al ámbito del municipio’”, señaló.

La clave del fallo: “Es un contrato privado”

De Sá indicó que la sentencia aborda un punto que genera discusión en distintas ciudades del país, la naturaleza jurídica del servicio que prestan las aplicaciones de transporte.

“Si vos trabajas con una aplicación y tenés un acuerdo con otra parte, ese contrato es totalmente privado, es entre vos y yo, la persona que contrata y el conductor”, argumentó.

Agregó que, mientras el chofer no ocupe paradas públicas ni espacios concesionados como terminales u aeropuertos, no corresponde aplicar ordenanzas de taxis o remises. “Lo que dice el fallo es que esto rige por el derecho privado y no el derecho público”, insistió.

También destacó que las plataformas “ya están en todo el mundo” y funcionan con parámetros propios que definen la asignación de viajes según cercanía, conveniencia o disponibilidad.

Qué pueden controlar los municipios

Ante la consulta sobre los alcances del poder municipal, el letrado sostuvo que las comunas mantienen la potestad de verificar cuestiones de seguridad vial: “El fallo destaca que lo único que puede hacer el municipio es controlar las normas de seguridad en cuanto a licencia de conducir, VTV, esas cosas”.

“Lo que se le pone límite es a las facultades de manera arbitraria como secuestrar vehículos, hacer multas, detener o retener el vehículo en la vía pública”, añadió.

Ejemplificó que la retención del rodado solo corresponde cuando existe una falla concreta de seguridad, como un faro roto, y que esa medida debe mantenerse hasta que se subsane. “No es causal de secuestro”, recalcó.

Consultado sobre la posibilidad de que un municipio sancione normativa específica, De Sá fue tajante: “Va a ser declarada inconstitucional. Cualquier abogado se presenta o un ciudadano pide la inconstitucionalidad porque la Constitución Nacional garantiza el derecho de trabajar y ejercer toda industria lícita”.

Recordó que el fallo se apoya en jurisprudencia previa. “No es inventado, el fallo remite a otros fallos nacionales”, indicó.

Aplicaciones, turismo y calidad del servicio

En zonas turísticas como Iguazú, el uso de aplicaciones creció de manera notable en los últimos años. De Sá dijo que muchos choferes quieren operar tanto en el sistema tradicional como en el ámbito privado. Y agregó que las plataformas incorporan mecanismos de control basados en la experiencia de pasajeros.

“Si le pones un mal puntaje al auto que te viene a buscar, probablemente quedaría fuera de circulación o le darían de baja de la aplicación”, explicó.

Sobre la continuidad del proceso judicial, el abogado aseguró que la sentencia quedó firme. “Creo que los plazos estarían vencidos porque obviamente esperamos los tiempos. Eso fue el 14 de octubre y ya están vencidos los plazos. Creo que no hay apelación”.

La Justicia provincial declaró arbitraria la retención del auto a un chofer de aplicación en Puerto Iguazú: “Es una actividad privada”

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas