La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció que permitirá el ingreso de productos médicos con fecha de vencimiento a partir de seis meses, en vez de los 12 meses vigentes hasta ahora. La medida, publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo ampliar la disponibilidad de estos artículos para mejorar la atención médica, asegurando siempre la calidad, eficacia y seguridad de los productos importados.
Nueva normativa y excepciones
La disposición elimina la necesidad de permisos especiales para productos con vencimiento menor a un año, simplificando los trámites de importación. Sin embargo, ciertos productos, como filtros para equipos de diálisis, con una vida útil menor o igual a seis meses, seguirán exceptuados siempre que no estén vencidos al ingresar al país. Esta normativa reemplaza a la Disposición N° 1655/1999, que permitía la importación de productos con vencimiento inferior a un año.
ANMAT subrayó que los productos médicos estériles, diseñados para un solo uso, no podrán ser re-esterilizados ni reutilizados, y sus envases originales no deben ser alterados. En caso de adulteración de la fecha de vencimiento, se aplicarán las sanciones de la Ley Nº 16.463, junto con la posibilidad de una denuncia penal si corresponde.
La ANMAT ha autorizado el ingreso al país de productos médicos con vencimiento a partir de seis meses, modificando el plazo anterior de un año. La medida busca ampliar la oferta médica manteniendo la calidad y seguridad. Además, establece sanciones por adulteración de fechas de vencimiento.
ANMAT autoriza la venta libre de varios medicamentos tópicos: cuáles son https://t.co/XSRMPEWRfm
— misionesonline.net (@misionesonline) August 22, 2024

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