25 de marzo: Día del trabajador de prensa

Cada 25 de marzo se conmemora el día de los trabajadores de prensa, una fecha que recuerda la entrada en vigencia del Estatuto del Periodista Profesional (EPP) en 1944 a través del Decreto/Ley N° 7.618/44, luego ratificado por la Ley N° 12.908, en 1946 inspirado por Juan Domingo Perón durante su puesto como Secretario de Trabajo y Previsión.

Esto fecha en realidad conmemora un decreto del Poder Ejecutivo Nacional, del 25 de marzo de 1944, que estableció el Estatuto del Periodista Profesional de la Argentina.

Esa norma se convertiría en la ley 12.908, sancionada y promulgada en diciembre de 1946, con plena vigencia en la actualidad. Con el pasar de los años en el país hubieron épocas de conquistas y bienestar, y otras de fuertes injusticias, caracterizadas por la pérdida de derechos laborales y violentas persecuciones contra trabajadores.

Por ejemplo, la dictadura cívico militar que fue instaurada en el país el 24 de marzo de 1976, intervino en la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (Fatpren); ordenó el secuestro y desaparición de más de cien periodistas; al tiempo que se disponía la censura de la libre actividad de expresión de la prensa y, también cercenaba todos los derechos laborales y sindicales.

Cabe destacar, que para que un gobierno democrático sea posible, el derecho a la libertad de expresión debe ser garantizado.

Día del Trabajador de Prensa

En esta fecha se reconoce el trabajo de las redacciones, radios y canales, a quienes escriben, diseñan, fotografían, editan, corrigen, diagraman, titulan, informan, analizan y opinan, sin olvidar el rol social de esta labor.

El Estatuto es una ley que regula garantías especiales relacionadas inescindiblemente con las libertades de prensa y de pensamiento que el EPP declara inalienables (art. 5 EPP) –derechos a la libertad de opinión, de conciencia, de expresión y de prensa frente a la patronal y al Estado; libertad de tránsito y acceso a la información (art.13 EPP) que se relaciona con las modalidad de prestación laboral y con los derechos de rango supraconstitucional que se vinculan con el derecho a la información de la ciudadanía, que presupone la independencia de los y las periodistas y la accesibilidad y derecho a guardar el secreto de sus fuentes.

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