El aberrante crimen de la niña en 25 de Mayo aumentó las consultas sobre suspensión de responsabilidad parental y cambio de apellido en Misiones

La visibilización de casos de abuso sexual y violencia hacia menores impulsa consultas legales sobre la suspensión de responsabilidad parental y cambios de apellido en Misiones, aseguró Florencia Collinet, abogada especialista en Derecho de Familia. La letrada explicó los pasos judiciales necesarios para proteger a los niños ante situaciones de esta índole y qué ocurre con las obligaciones alimentarias del progenitor.

Según la abogada, muchas familias consultan sobre la posibilidad de suprimir o cambiar el apellido paterno de menores cuando el progenitor estuvo involucrado en hechos graves, como abuso sexual, asesinato u otros delitos que afectan la psiquis del niño, tal como ocurrió recientemente con el caso de violación y asesinato de una menor en 25 de Mayo.

Collinet mencionó que “con el tema de las redes sociales, los medios de comunicación, se dan a conocer en nuestra provincia hechos aberrantes de abuso sexual hacia menores, seguidos de muerte, entre otras cuestiones. Esto siempre genera -al visibilizarse- como una especie de catarata de denuncias, porque se habla, se charla en las familias de estos casos, como el de esta chiquita, que un vecino la golpeó, la mató, la violó”.

Indicó que el apellido es un rasgo de la personalidad, que distingue a cada uno “porque nos hace como personas, va creando nuestra identidad a lo largo del tiempo”.

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De esta forma, cuando el padre ejerce violencia contra su propio hijo, contra terceros o bien le proporcionó su apellido, pero lo abandonó “y aparece a los 15 años a pedir un régimen de comunicación”, es cada vez más frecuente que los menores soliciten no portar su apellido o bien que se le quite la potestad a ese adulto de ejercer su rol en la crianza.

La responsabilidad parental son los derechos y deberes que tienen todos los padres frente a sus hijos. Sabemos que el deber es educarlos, alimentarlos”, precisó. Sin embargo, reveló que el proceso judicial para el cambio de apellido o la prohibición parcial o total de la responsabilidad parental requiere pruebas documentales, testimoniales y la participación activa de especialistas que evalúan la situación del menor.

“Es muy importante el tema de que los chicos sean escuchados en sede judicial y que sean tenidos en cuenta durante su procedimiento, no solamente ante las autoridades pertinentes que requiera el Juzgado, sino también hacia especialistas en el tema, como ser psicólogos o psiquiatras, que estén calificados para evaluar esto”.

Además, mencionó que en casos graves, los Juzgados penales toman medidas preventivas, como restricciones de acercamiento, debido a que los juzgados de familia no siempre actúan con la celeridad necesaria, según la letrada.

Pero la única alternativa para modificar el apellido no radica en elegir el de la madre, debido a que también existen casos de adopción por integración, donde eligen ponerse “el apellido de la persona que es capaz, se hizo cargo, que los cuidó, que los crió”, sostuvo Collinet.

Y completó: “En esas circunstancias es que vienen al estudio a consultar. Cuando las noticias salen y empiezan a aflorar -y últimamente se vio mucho el tema de abuso sexual en la provincia hacia menores- es lo que más consultan, si se puede o no se puede. Se animan más y buscan respuestas hacia determinados temas que pueden perjudicar a sus hijos. Entonces, en aras del bienestar de sus hijos, de los menores, saber si pueden hacerlo y bajo qué circunstancias. Sí se puede, se hace mediante resolución judicial”.

No obstante, aclaró que ambos procedimientos legales no implican una renuncia a las obligaciones alimentarias por parte del progenitor biológico, pues “esa es una obligación que subsiste. Si es el papá biológico, tiene que pasar alimentos. En todo lo que es las tomas de decisiones, en lo que es para salir del país, para todas esas cuestiones va a ser como ‘corrido’ de esas responsabilidades del menor atento a que ha cometido una causa o un hecho grave contra el menor”.

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