La subrogación de vientres en Argentina continúa siendo un tema de intenso debate y, aunque existen precedentes judiciales favorables, aún carece de una regulación formal. La abogada especializada en derecho de familia, Florencia Collinet, explicó cómo se desarrollan estos casos en el país y cuáles son las limitaciones impuestas por el sistema legal vigente.
A diferencia de otros países donde la subrogación se realiza bajo un acuerdo económico, en Argentina solo se permite de manera solidaria.
“Alquiler supone un monto dinerario y aquí no existe eso. En otros países sí se paga y es legal. En Argentina hablamos de subrogación de manera solidaria, cuando una persona ayuda a otra para cumplir su deseo de ser padres”, explicó Collinet.
La abogada dijo que en estos acuerdos la persona que gesta el niño no tiene la voluntad de convertirse en madre, sino solamente de colaborar en el proceso.
Collinet relató que, tras la reforma del Código Civil en 2014, los legisladores debatieron la inclusión de un marco regulatorio para la subrogación de vientres, pero decidieron posponer la discusión.
“Los legisladores dijeron ‘dejémoslo ahí, no tratemos el tema y saquemos una legislación especial más adelante’. ¿Qué pasó? Nunca sacaron nada sobre el tema”, comentó.
Desde entonces, y debido a la falta de normativa específica, estos casos se resolvieron en los tribunales de manera puntual.
Esto permitió que las personas que solicitan la subrogación se inscriban como padres legales del niño sin que se reconozca quien lo gestó.
No obstante, Collinet señaló que la Corte Suprema rechazó recientemente un pedido de inscripción de triple filiación en un caso particular.
Según el fallo, el niño en cuestión, criado por dos hombres, deberá ser inscrito como hijo de su madre gestante y uno de los padres.
La Corte explicó que “la ley vigente en el Código Civil solo permite el doble vínculo filial”, afirmó Collinet.
La decisión generó controversia. Para la abogada, esta postura puede afectar a otros menores. “Lo que va haciendo es que va dejando a los niños con derechos más disminuidos y no los va protegiendo como los debería”, dijo.
Frente a esta situación, los jueces sugirieron la figura de “adopción por integración” para que el tercer progenitor en casos similares pueda adquirir un vínculo legal con el niño, aunque no se refleje en su partida de nacimiento.
Para Collinet, esta alternativa no resulta suficiente, ya que la identidad del menor no estaría protegida como debería.
“El chico va a seguir viviendo con sus dos papás. Lo que no va a poder tener es que en su partida de nacimiento diga mamá-papá o papá-papá. Va a tener mamá-papá”, afirmó.
La resolución también conlleva implicaciones legales para la madre gestante.
En el fallo, ella figura como progenitora, lo cual abre la posibilidad de que, en el futuro, el niño pueda reclamar alimentos o derechos hereditarios, aun cuando esta no tuvo intenciones de asumir un rol parental.
La abogada concluyó reflexionando sobre el impacto de las decisiones judiciales en contextos cambiantes y advirtió sobre la necesidad urgente de legislar.
Para Collinet, el fallo de la Corte Suprema muestra la influencia del contexto político actual, donde las decisiones judiciales a veces pueden responder a las tendencias ideológicas del momento.
“Para mí fue otro nivel de discusión, porque son cosas que para mí atrasan. Son cosas que decimos ‘no, si no lo miro no existe’. Y están ahí, y están pasando, y pasan cada vez más”, dijo.