La venta de un inmueble generalmente implica el pago de varios impuestos, siendo el impuesto a la transferencia de valor uno de los más frecuentes. No obstante, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina ofrece una excepción para aquellos que decidan vender una casa, departamento o terreno (siempre que sea único) destinado a vivienda y utilicen las ganancias para adquirir otro inmueble con el mismo propósito. Aquí te explicamos cómo realizar este trámite y evitar el pago de impuestos.
Cuando una persona física vende un inmueble, debe pagar el 1.5% del valor total de la transacción en concepto de impuestos, siempre y cuando el inmueble haya sido adquirido antes del 1 de enero de 2018. Este porcentaje se aplica sobre el valor total de venta del inmueble.
En contraste, para los inmuebles adquiridos a partir del 1 de enero de 2018, se debe abonar el 15% sobre la diferencia entre el precio de compra y el de venta, en concepto de Impuesto a las Ganancias.
Para evitar estos impuestos, el titular debe ser propietario de más de un inmueble y vender uno de ellos, siempre y cuando no sea su vivienda habitual. En el caso de tener una única vivienda y venderla, el propietario puede solicitar la exención de estos impuestos. Para ello, debe obtener el «certificado de no retención» de la AFIP. Además, dentro del plazo de un año, debe cumplir con el requisito de comprar o construir otra vivienda destinada a casa-habitación, presentando una declaración jurada.
Condiciones para el certificado de no retención
Para tramitar el certificado de no retención, el inmueble debe cumplir con al menos una de las siguientes condiciones:
-El precio de transferencia debe ser igual o inferior a 120,000 dólares.
-Los únicos titulares deben ser uno o ambos componentes de una sociedad conyugal, y el precio de transferencia debe ser igual o inferior a 120,000 dólares, siempre que ninguno de los cónyuges esté inscripto en el Impuesto sobre los Bienes Personales.
-El inmueble debe estar incluido en la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales del último período fiscal vencido y exigible, independientemente de su valor.
Es importante mencionar que el certificado de no retención no aplica para inmuebles pertenecientes a uno o ambos componentes de una sociedad conyugal.
Pasos para solicitar el certificado de no retención
El trámite para obtener el certificado se puede realizar por teléfono o por internet:
Por teléfono:
-Comunícate al 0800-999-2347 (opción 4) de lunes a viernes de 8 a 20 horas.
Obtén el número del «certificado de no retención».
-Ingresa a la página oficial de la AFIP con tu clave fiscal nivel 2 o superior.
-En el servicio «Transferencia de Inmuebles» o «Transferencia de Inmuebles-Informe Escribano», respectivamente, imprime el certificado.
A través del sitio web
-Ingresa a la página oficial de la AFIP con tu clave fiscal (nivel de seguridad 2 en adelante).
-Accede al servicio «Transferencia de Inmuebles». Si no está habilitado, haz clic en el botón «Agregar».
-En la sección «Seleccione la empresa», escribe tu nombre y apellido y selecciona «Trámite Simplificado – Ley 13.905 Opción art. 14».
-Completa los datos solicitados en pantalla, incluyendo información del inmueble y, si corresponde, datos del libro de matrimonios para inmuebles de sociedades conyugales.
-Acepta e imprime el certificado en la opción «Imprimir Constancias».
-Para inmuebles cuyo valor de transferencia supere los 120,000 dólares, se debe adjuntar la siguiente información:
Formulario F 206/M o F 206/I detallando la documentación que se acompaña.
Copia del DNI. Si el trámite lo realiza otra persona, presentar la copia del poder que lo habilita.
Copia de la escritura o boleto que otorga la posesión del inmueble a transferir.
Copia del acta de matrimonio o documento que acredite la relación conyugal, si la titularidad del inmueble pertenece a una sociedad conyugal.
En caso de que la solicitud sea rechazada, el sistema te comunicará las razones para que puedas corregirlas y volver a ingresar el trámite por la misma vía. Es importante tener en cuenta que, si la operación se realiza en moneda extranjera, el importe a considerar será el resultado de multiplicar la moneda extranjera por el tipo de cambio oficial vendedor del Banco Nación correspondiente al día hábil inmediato anterior al de la presentación de la solicitud.
Realizando este trámite adecuadamente, podrás evitar los impuestos correspondientes en la venta de tu inmueble. Sin embargo, siempre es aconsejable contar con el asesoramiento de un especialista para asegurarte de cumplir con todos los requisitos y procesos necesarios.
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— misionesonline.net (@misionesonline) March 18, 2024

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