Florencia Collinet, abogada especialista en Derecho de Familia, detalló las causas y procedimientos para la privación de la responsabilidad parental, con énfasis en casos de abandono y violencia de género, incluyendo el caso emblemático de Rosana Galliano que impulsó cambios legislativos -en lo que a protección de menores se refiere- en Argentina.
La abogada especialista en Derecho de Familia, Florencia Collinet, explicó en una entrevista con Día Siete de Misiones Online, qué incluye la responsabilidad parental y las circunstancias bajo las cuales puede privarse a un progenitor de dicha responsabilidad.
La letrada señaló que “la responsabilidad parental son los derechos y obligaciones que tienen los padres frente a los hijos, los cuales son indelegables, personalísimos. Estos los tienen por el simple hecho, obviamente, de ser padres. No pueden renunciar a esta responsabilidad parental bajo ningún punto de vista”.
Sin embargo, mencionó que existen diversas situaciones en las cuales se solicita la privación de la responsabilidad parental. «Una de las que más es frecuente es por el abandono. Hay muchos chicos que dicen “la verdad que yo tengo el apellido de mi papá o él lleva el apellido de su papá. Yo no sé dónde está su papá. Nunca apareció. Desde que nació, nunca más se hizo cargo”», detalló la abogada. En este caso, es común la solicitud para quitarse el apellido del progenitor del DNI.
Collinet precisó que quitar el apellido y no equivale a eliminar la responsabilidad parental, debido a que esta última “es como una sanción muy seria y vital que entiende este mantenimiento genuino entre el vínculo y la protección de los legítimos derechos íntimos que tienen estas personas menores de edad en cuanto a lo que son sus nexos y sus relacionamientos biológicos con sus progenitores”, indicó.
El procedimiento judicial, se realiza por medio del artículo 700 y 700 bis de la Constitución “de manera excepcional, extraordinaria y taxativa”, el cual dictamina lo siguiente: “Cualquiera de los progenitores quedará privado de la responsabilidad parental por ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice de un delito doloso contra otra persona o los bienes de los hijos de que se trata”.
A propósito de esto, la abogada se refirió a un caso concreto de abandono ocurrido en Chaco, donde un bebé fue dejado en una concesionaria. “El fiscal podría solicitar esto de manera de oficio porque estas personas dejaron en total abandono a un menor en una total desprotección y encima un bebé que no puede ni siquiera valerse por sí mismo”, sostuvo.
Familias de acogida
Collinet afirmó que a raíz de estos casos de padres que son despojados de sus responsabilidades, muchos menores necesitan protección temporal. “Hay muchas familias de acogida, es un tema que está muy en boga”, dijo la abogada. Para aquellos interesados informó que pueden conocer los requisitos en la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de Misiones. En tanto para quienes pretenden adoptar, deben incribirse al Registro Único de Adoptantes de Misiones (RUAM).
Caso Rosana Galliano, un antecedente en la quita de la patria potestad a los femicidas
Collinet trajo a colación un caso de femicidio que marcó un antes y un después en la legislación argentina sobre la privación de la responsabilidad parental.
El caso de Rosana Galeano ocurrió en 2008 y generó un cambio en la Ley 27.363. “Fue una bisagra, un antes y un después en lo que es la prohibición de esta responsabilidad parental”, señaló. Galeano, una joven de 29 años, estaba casada con un hombre de 59 años. “Es uno de los primeros femicidios que fueron mediáticos. Si bien ya existían, por supuesto que ya existían, por supuesto que pasaba mucho, este fue uno de los que fueron más mediatizados y conforme a este fue que se reguló”, agregó.
El trágico suceso se desarrolló cuando el marido de Galeano y su suegra planearon su asesinato. “Ella estaba cenando con su hermana, él se lleva a los niños para pasear y él la llama por teléfono para que salga al patio porque no tenía buena señal adentro de la casa. Cuando ella sale, sale detrás de un árbol un señor, un sicario, y le da seis disparos”, recordó la abogada. Más tarde se comprobó que la suegra y el marido fueron los autores intelectuales del crimen.
Lo más impactante del caso fue la situación de los hijos después del asesinato. “Se quedaron con el padre y con la abuela viviendo en la casa donde murió su mamá”, lamentó Collinet. A pesar de los antecedentes de mala relación y violencia, los niños permanecieron con su familia paterna aunque la hermana de la víctima fatal solicitó la custodia de los niños mediante una resolución judicial. “Había mucha impunidad”, criticó la letrada.
Dicho caso impulsó la creación de la ley 27.363 en 2017, que incorpora un bis al artículo 700. “Cualquiera de los progenitores queda privado de la responsabilidad parental por ser condenados como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio agravado por el vínculo o mediando violencia de género”, explicó la entrevistada.
Aunque el cambio legal llegó tarde para los hijos de Galeano, la nueva legislación busca prevenir situaciones similares en el futuro. “Ya el señor estaba muerto. Creo que la señora murió en el 2019, hace muy poco. Igual, uno de los chicos se quedó con la abuela y como las leyes no son retroactivas, no aplica este artículo para que la abuela haga entrega del menor y que el menor se vaya con la familia materna”. Por ello, los hijos vivieron hasta la fecha mencionada con una de las autoras intelectuales del atroz crimen de su madre.
De esta manera, la abogada consideró que la justicia debe actuar con mayor rapidez para proteger a los menores, ya sea cuando hay violencia de género o por casos de abuso sexual o tentativa de abuso contra el hijo.
“Pasa mucho tiempo para llegar a una condena. Y mientras tanto, esa criatura tiene que seguir portando con el apellido o con la responsabilidad parental por parte del padre, que está preso y no puede tampoco pasarle ni siquiera un alimento, o sea, por lo cual no cumple tampoco con esa responsabilidad parental que tiene, que es el de alimento, el de darle los cuidados necesarios”, alertó.
Misiones Online: ¿Qué pasa cuando uno de los padres niega al otro ejercer su responsabilidad?
Florencia Collinet: Tenemos todas las herramientas judiciales para evitar eso. ¿Cómo? Solicitando un régimen de comunicación y contacto. Entonces si yo estoy pidiendo un alimento y dice no porque no me deja verlo, una cosa no quita a la otra. Si usted quiere verlo, tiene todas las vías legales para solicitarlo. Pedir un régimen de comunicación y contacto al cual no se le va a negar la vinculación con su hijo, o retomarlo del vínculo.